Fuenlabrada (BOCM-20241008-50)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 240

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 165

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 4 de octubre de 2024 (punto 23), por
el que se aprueba el gasto y la convocatoria de ayudas a familias con uno o más hijos/as estudiando un grado o carrera universitaria en la Universidad Pública Española. Curso 2024-2025.
Universiayudas.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero. Objeto.—Se convocan becas mediante el procedimiento de concurrencia
no competitiva como ayuda a las familias de Fuenlabrada con hijos o hijas escolarizados en
cualquier Universidad Pública española, para el curso escolar 2024/2025.
Segundo. Beneficiarios.—Requisitos a cumplir durante todo el procedimiento:
1.o Estar empadronados en Fuenlabrada tanto progenitores, como los/las hijos/hijas
universitarios/as que aparecen en la solicitud, en el municipio de Fuenlabrada a 1 de septiembre de 2024 y continuar empadronados hasta la finalización del proceso en el municipio.
2.o El alumno deberá estar matriculado en un mínimo de 30 créditos durante el curso escolar 2024/2025 en cualquier universidad pública (no siendo válidos los centros de titularidad privada adscritos a una universidad pública, ni centros no considerados como universidad pública).
3.o Los/as alumnos/as cuyas universidades acepten matriculaciones del curso por períodos inferiores al curso completo (trimestres, cuatrimestres, semestres, etc.) realizarán la
solicitud de Universiayudas con los datos obrantes en su poder en el plazo ordinario de la
misma y complementarán la documentación acreditativa sobre el mínimo de 30 créditos
tras la aprobación de listados provisionales o cuando les sea requerida.
4.o La renta de la unidad familiar computable, no podrá superar los 46.200,00 euros.
5.o Los miembros computables de la unidad familiar, deberán estar al corriente de
pago con las obligaciones fiscales ante el Ayuntamiento de Fuenlabrada.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Fuenlabrada destinará para ello una aportación económica total de 640.000,00 euros, con cargo al ejercicio presupuestario 2025, aplicación 6051-326-48911.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes y lugar de presentación.—El plazo de
presentación de solicitudes se corresponde con el siguiente detalle:
1. Desde el 14 al 26 de octubre de 2024, ambos inclusive, deberá cumplimentarse la
solicitud de Universiayudas en la web municipal www.ayto-fuenlabrada.es.
2. Desde el 14 al 27 de octubre de 2024 se deberán validar las solicitudes realizadas
a través de la página electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada previamente.
Las modalidades de registro serán:
1. Registro telemático a través de la sede electrónica municipal.
2. Registro presencial en el Registro Auxiliar Específico dispuesto a tal fin en el Polideportivo Fernando Martín, sito en la calle Hungría, de lunes a viernes de 8:30 h a 14:30 h.
3. Registro presencial en Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, de la
JMD de Loranca o de la Junta de Distrito Vivero-Hospital-Universidad, en los horarios dispuestos en cada uno de ellos.

BOCM-20241008-50

BDNS (Identif): 789208