Madrid (BOCM-20241008-41)
Régimen económico. Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 240
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Agencia para el Empleo de Madrid
Extracto de la Resolución de 26 de septiembre de 2024, del gerente de la Agencia para
el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a federaciones,
confederaciones y agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica
que desarrollen en la ciudad de Madrid proyectos de itinerarios de mejora de competencias
y empleo con apoyo, dirigidos a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.
Años 2024-2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios/as.—Serán beneficiarias federaciones, confederaciones y
agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica, que desarrollen, en
la ciudad de Madrid, proyectos que incluyan itinerarios de mejora de competencias y empleo con apoyo, dirigidos a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto impulsar, en régimen de
concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a favor de federaciones, confederaciones y agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica que desarrollen, en
la ciudad de Madrid, proyectos que incluyan itinerarios de mejora de competencias y empleo con
apoyo, dirigidos a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, empadronados en la ciudad de Madrid e inscritos como demandantes de empleo en el momento de su incorporación al
proyecto o dentro de los 15 días siguientes a que esta se produzca.
Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen mediante la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en novecientos mil euros (900.000 euros) de los cuales cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000 euros)
serán para el año 2024 y cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000 euros) para el año 2025,
con cargo a la aplicación presupuestaria 503/140/241.03/489.01 “Transferencia a instituciones sin ánimo de lucro” del presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid del ejercicio 2024 y el correspondiente a 2025.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID).
Sexto. Otros datos.—La evaluación de las solicitudes se realizará mediante la valoración de los datos relativos a la entidad, al proyecto presentado y a la propuesta de mejora de objetivos comprometidos.
La puntuación máxima podrá ser de 100 puntos, de los que 12 corresponden al apartado relativo a la entidad solicitante, 60 al proyecto presentado y 28 a la mejora de objetivos
comprometidos.
Madrid, a 26 de septiembre de 2024.—El gerente de la Agencia para el Empleo de
Madrid, José Aniorte Rueda.
(03/15.816/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241008-41
BDNS 787655
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MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 240
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Agencia para el Empleo de Madrid
Extracto de la Resolución de 26 de septiembre de 2024, del gerente de la Agencia para
el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a federaciones,
confederaciones y agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica
que desarrollen en la ciudad de Madrid proyectos de itinerarios de mejora de competencias
y empleo con apoyo, dirigidos a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.
Años 2024-2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios/as.—Serán beneficiarias federaciones, confederaciones y
agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica, que desarrollen, en
la ciudad de Madrid, proyectos que incluyan itinerarios de mejora de competencias y empleo con apoyo, dirigidos a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto impulsar, en régimen de
concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a favor de federaciones, confederaciones y agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica que desarrollen, en
la ciudad de Madrid, proyectos que incluyan itinerarios de mejora de competencias y empleo con
apoyo, dirigidos a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, empadronados en la ciudad de Madrid e inscritos como demandantes de empleo en el momento de su incorporación al
proyecto o dentro de los 15 días siguientes a que esta se produzca.
Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen mediante la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en novecientos mil euros (900.000 euros) de los cuales cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000 euros)
serán para el año 2024 y cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000 euros) para el año 2025,
con cargo a la aplicación presupuestaria 503/140/241.03/489.01 “Transferencia a instituciones sin ánimo de lucro” del presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid del ejercicio 2024 y el correspondiente a 2025.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID).
Sexto. Otros datos.—La evaluación de las solicitudes se realizará mediante la valoración de los datos relativos a la entidad, al proyecto presentado y a la propuesta de mejora de objetivos comprometidos.
La puntuación máxima podrá ser de 100 puntos, de los que 12 corresponden al apartado relativo a la entidad solicitante, 60 al proyecto presentado y 28 a la mejora de objetivos
comprometidos.
Madrid, a 26 de septiembre de 2024.—El gerente de la Agencia para el Empleo de
Madrid, José Aniorte Rueda.
(03/15.816/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241008-41
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