C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241008-15)
Plan estratégico subvenciones – Orden 4099/2024, de 20 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia, para los ejercicios 2024, 2025 y 2026
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 240
MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 61
APARTADO B.- SUBVENCIONES A FUNDACIONES, INSTITUTOS Y ASOCIACIONES
EN EL ÁMBITO UNIVERSITARIO.
1.
Objetivos estratégicos que se pretende alcanzar con la ejecución del plan.
La finalidad de estas líneas de subvención es permitir el desarrollo de actividades específicas de
cuatro fundaciones, institutos y asociaciones imbricados en el sistema madrileño de universidades:
2.
Fundación Universidad Empresa.
Instituto Universitario Ortega y Gasset.
Instituto de Ciencias Musicales.
Asociación actividades conjuntas Colegios Mayores de Madrid.
Costes presupuestarios previsibles.
El gasto destinado a estas ayudas tendrá un importe total de 486.687 €, previendo destinar el mismo
importe para los años 2025 y 2026, lo que dependerá en todo caso, de lo que se establezca en la
normativa presupuestaria de los próximos ejercicios.
3.
Fuentes de Financiación.
La financiación del desarrollo de las distintas actividades específicas objeto de subvención correrá
a cargo del crédito que a tal efecto figure en el programa 322C “Universidades” del Presupuesto de
Gastos de la Comunidad de Madrid para 2024, 2025 y 2026, subconceptos, 48138 Fundación
Universidad Empresa; 48032 Instituto Universitario Ortega y Gasset; 48020 Instituto de Ciencias
Musicales y 48031 Asociación actividades conjuntas Colegios Mayores de Madrid.
No obstante, la puesta en práctica de las citadas líneas de subvención quedará condicionada a las
disponibilidades presupuestarias y al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria de
cada uno de los citados ejercicios.
4.
Plazo de ejecución.
Las distintas actuaciones objeto de subvención se ejecutarán durante los ejercicios 2024, 2025 y 2026.
5.
Indicadores.
Se establecen indicadores específicos para comprobar el grado de ejecución de los objetivos de
estas líneas de subvención. El contenido de dichos indicadores se detalla a continuación, en los
cuadros de las correspondientes líneas de subvención.
Será imprescindible la presentación en el plazo establecido, en cada caso, de una memoria
justificativa de las actividades de cada entidad y de la adecuada justificación documental del destino
de los fondos recibidos.
6.
Sistemas de evaluación.
La evaluación se basará principalmente en la revisión de la documentación justificativa de la
ejecución de la ayuda percibida:
Medidas Correctoras.
La Dirección General de Universidades actuará como órgano gestor de las líneas de ayudas y
analizará la documentación presentada, valorando la adecuación de las actividades justificadas,
generando premisas e hipótesis de trabajo que posteriormente podrán servir para formular medidas
de actuación y mejora de las futuras subvenciones, permitiendo garantizar así la optimización del
uso de los fondos públicos.
BOCM-20241008-15
7.
Analizando la documentación justificativa de los gastos e inversiones realizadas a través de
facturas y de justificantes de pago.
Seguimiento y estudio de las ayudas concedidas a fin de comprobar que han sido destinadas
a la finalidad prevista, conforme a la normativa vigente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 240
MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 61
APARTADO B.- SUBVENCIONES A FUNDACIONES, INSTITUTOS Y ASOCIACIONES
EN EL ÁMBITO UNIVERSITARIO.
1.
Objetivos estratégicos que se pretende alcanzar con la ejecución del plan.
La finalidad de estas líneas de subvención es permitir el desarrollo de actividades específicas de
cuatro fundaciones, institutos y asociaciones imbricados en el sistema madrileño de universidades:
2.
Fundación Universidad Empresa.
Instituto Universitario Ortega y Gasset.
Instituto de Ciencias Musicales.
Asociación actividades conjuntas Colegios Mayores de Madrid.
Costes presupuestarios previsibles.
El gasto destinado a estas ayudas tendrá un importe total de 486.687 €, previendo destinar el mismo
importe para los años 2025 y 2026, lo que dependerá en todo caso, de lo que se establezca en la
normativa presupuestaria de los próximos ejercicios.
3.
Fuentes de Financiación.
La financiación del desarrollo de las distintas actividades específicas objeto de subvención correrá
a cargo del crédito que a tal efecto figure en el programa 322C “Universidades” del Presupuesto de
Gastos de la Comunidad de Madrid para 2024, 2025 y 2026, subconceptos, 48138 Fundación
Universidad Empresa; 48032 Instituto Universitario Ortega y Gasset; 48020 Instituto de Ciencias
Musicales y 48031 Asociación actividades conjuntas Colegios Mayores de Madrid.
No obstante, la puesta en práctica de las citadas líneas de subvención quedará condicionada a las
disponibilidades presupuestarias y al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria de
cada uno de los citados ejercicios.
4.
Plazo de ejecución.
Las distintas actuaciones objeto de subvención se ejecutarán durante los ejercicios 2024, 2025 y 2026.
5.
Indicadores.
Se establecen indicadores específicos para comprobar el grado de ejecución de los objetivos de
estas líneas de subvención. El contenido de dichos indicadores se detalla a continuación, en los
cuadros de las correspondientes líneas de subvención.
Será imprescindible la presentación en el plazo establecido, en cada caso, de una memoria
justificativa de las actividades de cada entidad y de la adecuada justificación documental del destino
de los fondos recibidos.
6.
Sistemas de evaluación.
La evaluación se basará principalmente en la revisión de la documentación justificativa de la
ejecución de la ayuda percibida:
Medidas Correctoras.
La Dirección General de Universidades actuará como órgano gestor de las líneas de ayudas y
analizará la documentación presentada, valorando la adecuación de las actividades justificadas,
generando premisas e hipótesis de trabajo que posteriormente podrán servir para formular medidas
de actuación y mejora de las futuras subvenciones, permitiendo garantizar así la optimización del
uso de los fondos públicos.
BOCM-20241008-15
7.
Analizando la documentación justificativa de los gastos e inversiones realizadas a través de
facturas y de justificantes de pago.
Seguimiento y estudio de las ayudas concedidas a fin de comprobar que han sido destinadas
a la finalidad prevista, conforme a la normativa vigente.