C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241008-15)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 4099/2024, de 20 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia, para los ejercicios 2024, 2025 y 2026
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 80

MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024

SUBCONCEPTO
PPTARIO
79002

LÍNEA

CONVOCATORIA

2024

AYUDAS PARA INCENTIVAR EL USO DE SERVICIOS DE
INNOVACIÓN POR LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS (PROGRAMA CHEQUE INNOVACIÓN)

2024

1.000.000

2025

B.O.C.M. Núm. 240

2025

2024

AYUDAS PARA CONTRIBUIR A LA MEJORA DE LA
COOPERACIÓN PÚBLICO PRIVADA EN MATERIA DE I+D+I
MEDIANTE EL APOYO A PROYECTOS DE INNOVACIÓN
TECNOLÓGICA DE EFECTO TRACTOR ELABORADOS POR
NÚCLEOS DE INNOVACIÓN ABIERTA (HUBS DE
INNOVACIÓN) EN LA COMUNIDAD DE MADRID

2024

SELLO DE EXCELENCIA - PROGRAMA DE AYUDAS
DIRIGIDAS A REFORZAR LA COMPLEMENTARIEDAD
DEL EIC ACCELERATOR DEL PROGRAMA PILOTO DEL
CONSEJO EUROPEO DE INNOVACIÓN (EIC) PARA EL
FOMENTO DE LA INVERSIÓN EMPRESARIAL EN I+D+I

2024

AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE JÓVENES
EMPRESAS (START-UP) DE BASE TECNOLÓGICA Y
PYMES INNOVADORAS

2024

1.500.000

2025

1.500.000

1.500.000

1.500.000

1.500.000

1.500.000

1.500.000

5.000.000

7.500.000

7.500.000

7.500.000

7.500.000

7.500.000

2026

SUBVENCIÓN A LA ASOCIACION MADRID NETWORK

45990

CONVENIO UPM - SATÉLITE UPMSAT-3
CONVENIO UPM-ELLIS
CONVENIO UCM – INTERNACIONALIZACIÓN DEL
SISTEMA MADRILEÑO DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E
INNOVACIÓN

3.

22.500.000
7.500.000

7.000.000
7.000.000

7.000.000

6.000.000

12.000.000

2.100.000

2.100.000
6.000.000

6.000.000
2.500.000

2025

6.000.000

2.500.000

2.500.000

2.500.000

2.500.000

2.500.000

2.500.000

2.500.000

12.000.000
7.500.000
7.500.000
2.500.000

2.000.000

2025

7.500.000
2.000.000

2.000.000

2.000.000
2.000.000

12.500

22.500.000

3.000.000

2026

2025

4.500.000
15.000.000

7.000.000

2026
48046

4.500.000
1.500.000

3.000.000

2025

2024

4.500.000

5.000.000

2026
RESULTA: PROGRAMA PILOTO APLICACIÓN DE
RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN A RETOS DE LA
SOCIEDAD

2.000.000

1.500.000

2026
5.000.000

TOTAL

2.000.000
2.000.000

2025

2024

2028

1.000.000

2026
AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE DOCTORADOS
INDUSTRIALES

2027

2.000.000

2026
AYUDAS PARA POTENCIAR LA INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
E IMPULSAR LA TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA AL
SECTOR PRODUCTIVO A TRAVÉS DE ENTIDADES DE
ENLACE DE LA INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

2026

12.500

2.000.000

12.500

37.500

150.000

150.000
150.000

150.000

75.000

75.000

300.000
75.000

225.000

Plazo de ejecución.
Las distintas actividades objeto de subvención se ejecutarán durante el ejercicio 2024, así como
para las siguientes anualidades hasta el año 2028.

4.

Indicadores.
Se establecen indicadores específicos para comprobar el grado de ejecución de los objetivos de
estas líneas de subvención. Los indicadores establecidos se encuentran identificados en las tablas
de cada una de las ayudas.

5.

Sistemas de evaluación.
Las convocatorias en concurrencia competitiva se someten a una evaluación por tres criterios:
evaluación científico-técnica de los resultados obtenidos con la actividad financiada, evaluación de
la viabilidad económica y del plan de negocio del proyecto y evaluación del impacto socioeconómico
del mismo. Dependiendo de la duración y características de las ayudas se realizará un seguimiento
intermedio hacia la mitad de la ejecución y un seguimiento final tras la finalización de la ejecución.
En las convocatorias por concesión directa, los proyectos se someten a la evaluación del cumplimiento
de los criterios objetivos establecidos en cada convocatoria para la concesión de la ayuda.

6.

Medidas Correctoras.
Como norma general, la justificación se hará a través de cuenta justificativa simplificada prevista en
el artículo 75 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Se
establecerá un procedimiento de muestreo de los gastos presentados en la justificación para los que
será necesario aportar toda la documentación relativa al gasto y al pago y que, tras su validación,
podrá dar lugar al reintegro de la ayuda.

BOCM-20241008-15

Se podrá establecer la necesidad de presentación de informes de seguimiento adicionales, así como
determinar la necesidad de la realización de entrevistas a todos o algunos de los candidatos, quedando
incluida la valoración de las mismas en el resultado del seguimiento. Para realizar la valoración de estos
informes se podrá designar los órganos, comisiones o expertos que se estime necesarios.