D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241008-37)
Convenio – Convenio de 17 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Mancomunidad de Municipios del Noroeste, en virtud del cual se instrumenta la concesión de una subvención nominativa por importe de 1.305.170,65 euros, para financiar la gestión de los residuos domésticos de los municipios integrantes de la mancomunidad de municipios del noroeste durante el año 2024
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 130
MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 240
MADRID n.o 236 de octubre de 2017) el Presidente de la Mancomunidad ostenta la representación de la misma y residuales atribuidas al órgano unipersonal queda incluida la suscripción
de convenios en nombre de la Mancomunidad.
Cuarto
Mediante la Orden 1642/2013, de 26 de junio, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se otorgó a la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la
gestión y tratamiento de los residuos urbanos la concesión administrativa para la utilización
y aprovechamiento de determinados bienes de dominio público afectados a la prestación de
servicios de gestión de residuos domésticos.
Quinto
A partir del 1 de julio de 2013 la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la
gestión y tratamiento de los residuos urbanos comenzó a prestar los servicios de gestión de
residuos en las instalaciones objeto de la concesión.
Sexto
En virtud de ello, y siendo de aplicación el artículo 4.5, apartado a), de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo de subvenciones de la Comunidad de Madrid, así como también el artículo 22.2 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ambas partes
suscriben el presente Convenio, con sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
El presente Convenio, tiene por objeto instrumentar una subvención nominativa, a favor de la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y el tratamiento de los
residuos urbanos por parte de la Comunidad de Madrid para la financiación de la prestación
del servicio de gestión de los residuos domésticos, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.
Segunda
Conceptos subvencionables
La Comunidad de Madrid financiará para la gestión de los residuos urbanos llevada a
cabo por la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y el tratamiento de
los residuos urbanos descrita en los Anexos que se acompañan, a:
— Los Ayuntamientos pertenecientes a la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y el tratamiento de los residuos urbanos.
— Los Ayuntamientos no mancomunados, que gestionen indirectamente sus residuos a través de la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y
el tratamiento de los residuos urbanos.
Tercera
La Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y el tratamiento de los
residuos urbanos, no recibirá subvención alguna por aquellos Ayuntamientos mancomunados que no gestionen el tratamiento de sus residuos a través de la misma.
Cuarta
Periodo de vigencia del Convenio
El presente convenio estará vigente desde el día de su firma hasta el 28 de febrero de 2025.
BOCM-20241008-37
Actuaciones no subvencionables
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 130
MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 240
MADRID n.o 236 de octubre de 2017) el Presidente de la Mancomunidad ostenta la representación de la misma y residuales atribuidas al órgano unipersonal queda incluida la suscripción
de convenios en nombre de la Mancomunidad.
Cuarto
Mediante la Orden 1642/2013, de 26 de junio, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se otorgó a la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la
gestión y tratamiento de los residuos urbanos la concesión administrativa para la utilización
y aprovechamiento de determinados bienes de dominio público afectados a la prestación de
servicios de gestión de residuos domésticos.
Quinto
A partir del 1 de julio de 2013 la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la
gestión y tratamiento de los residuos urbanos comenzó a prestar los servicios de gestión de
residuos en las instalaciones objeto de la concesión.
Sexto
En virtud de ello, y siendo de aplicación el artículo 4.5, apartado a), de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo de subvenciones de la Comunidad de Madrid, así como también el artículo 22.2 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ambas partes
suscriben el presente Convenio, con sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
El presente Convenio, tiene por objeto instrumentar una subvención nominativa, a favor de la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y el tratamiento de los
residuos urbanos por parte de la Comunidad de Madrid para la financiación de la prestación
del servicio de gestión de los residuos domésticos, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.
Segunda
Conceptos subvencionables
La Comunidad de Madrid financiará para la gestión de los residuos urbanos llevada a
cabo por la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y el tratamiento de
los residuos urbanos descrita en los Anexos que se acompañan, a:
— Los Ayuntamientos pertenecientes a la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y el tratamiento de los residuos urbanos.
— Los Ayuntamientos no mancomunados, que gestionen indirectamente sus residuos a través de la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y
el tratamiento de los residuos urbanos.
Tercera
La Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y el tratamiento de los
residuos urbanos, no recibirá subvención alguna por aquellos Ayuntamientos mancomunados que no gestionen el tratamiento de sus residuos a través de la misma.
Cuarta
Periodo de vigencia del Convenio
El presente convenio estará vigente desde el día de su firma hasta el 28 de febrero de 2025.
BOCM-20241008-37
Actuaciones no subvencionables