D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241008-25)
Convenio –  Adenda de 19 de septiembre de 2024, de prórroga del convenio entre la Oficina Española de Patentes y Marcas, O. A. y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad y el Servicio Madrileño de Salud, en materia de propiedad industrial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 240

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
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ADENDA de 19 de septiembre de 2024, de prórroga del convenio entre la Oficina Española de Patentes y Marcas, O. A. y la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Sanidad y el Servicio Madrileño de Salud, en materia de propiedad industrial.
REUNIDOS

De una parte, la Oficina Española de Patentes y Marcas, O. A. (en adelante, OEPM),
representada por D.a Elisa Rodríguez Ortiz, Directora de la OEPM, nombrada por Real Decreto 556/2024, de 11 de junio, actuando como representante de la misma en virtud de las
facultades que le confieren la Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo
Autónomo Registro de la Propiedad Industrial en su artículo quinto, y el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas
en su artículo seis.
De otra parte, la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad (en adelante, Consejería) representada por D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la
Comunidad de Madrid, nombrada por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de
la Comunidad de Madrid y, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.a)
de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid
a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que
se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados
procedimientos y el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, el Servicio Madrileño de Salud (en adelante, SERMAS), representado por D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada por Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del SERMAS, de acuerdo con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en
nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, y en uso de la facultad establecida en el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la
normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, y el Acuerdo del Consejo de Administración
del Servicio Madrileño de Salud de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de
junio de 2020, por el que se delega en el titular de la Viceconsejería, la competencia en materia de convenios.
Las partes se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente y vigencia de las
respectivas facultades con las que actúan, para suscribir el presente acuerdo y, a tal efecto,
EXPONEN

Que con fecha 1 de julio de 2020, la OEPM, la Consejería, y el SERMAS firmaron un
convenio con el fin de facilitar, impulsar y estimular el conocimiento y la utilización de los
derechos de propiedad industrial en materia de investigación e innovación, con una duración de cuatro años. El convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) el 22 de septiembre
de 2020, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM) con
fecha 3 de septiembre 2020 y en el “Boletín Oficial del Estado” (BOE) el 23 de septiembre
de 2020, fecha en la que entró en vigor el convenio según la cláusula décima del mismo y

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