San Fernando de Henares (BOCM-20241007-81)
Organzación y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 239

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 251

competencias que correspondían a esta Alcaldía relativas a las Áreas de Educación, Comercio, Empleo y Formación.
De conformidad con lo anterior, correspondiendo a esta Alcaldía-Presidencia la dirección de gobierno y administración municipal, y considerando conveniente llevar a efecto una
modificación y nueva reestructuración de las atribuciones delegadas, esta Alcaldía-Presidencia, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículos 43.3 y 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por
Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y artículo 30.3 de la Ley 2/2003, de Administración Local de la Comunidad de Madrid,
RESUELVE
1. Revocar las competencias delegadas en materia de Educación, Comercio, Empleo
y Formación.
2. Designar a doña Carolina Gómez García para la dirección de gobierno y administración municipal de las Áreas de Hacienda y Patrimonio (Inventario).
3. Delegar en doña Carolina Gómez García como responsable de las Áreas mencionadas, y sin perjuicio de las atribuciones delegadas de coordinación de distintas áreas, y de la
superior dirección que ostenta esta Alcaldía-Presidencia sobre la administración municipal,
las atribuciones que en las materias indicadas corresponden por Ley a esta Alcaldía, incluida
la potestad de sancionar por desobediencia o infracción de las Ordenanzas Municipales.
4. El régimen jurídico aplicable a la presente delegación será el previsto en los artículos 114 a 118 del mencionado Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, incluida la facultad de resolver los recursos de reposición
contra las actuaciones dictadas por el órgano delegado y sancionar por desobediencia o infracción de las Ordenanzas Municipales.
5. El presente Decreto surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha del mismo, sin
perjuicio de la preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
6. Del presente Decreto se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión
ordinaria que se celebre.
Lo manda y firma el alcalde-presidente, don Francisco Javier Corpa Rubio, en San
Fernando de Henares”.
— Decreto número 2024DECR001800, de 11 de septiembre de 2024, que literalmente
transcrito dice:
“Por Decreto de esta Alcaldía-Presidencia de fecha 19 de junio de 2023, número 2023DECR002567, se delegaron en doña Silvia Buabent Vallejo distintas atribuciones
y competencias que correspondían a esta Alcaldía, entre ellas las relativas a las Áreas de
Hacienda y Patrimonio (Inventario).
De conformidad con lo anterior, correspondiendo a esta Alcaldía-Presidencia la dirección de gobierno y administración municipal, y considerando conveniente llevar a efecto una
modificación y nueva reestructuración de las atribuciones delegadas, esta Alcaldía-Presidencia, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículos 43.3 y 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por
Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y artículo 30.3 de la Ley 2/2003, de Administración Local de la Comunidad de Madrid,

1. Revocar las competencias delegadas en materia de Hacienda y Patrimonio (Inventario).
2. Designar a doña Silvia Buabent Vallejo para la dirección de gobierno y administración municipal del Área de Educación, que se añade a la delegación que ostenta del Área
de Igualdad.
3. Delegar en doña Silvia Buabent Vallejo como responsable de las Áreas mencionadas, y sin perjuicio de las atribuciones delegadas de coordinación de distintas áreas, y de la
superior dirección que ostenta esta Alcaldía-Presidencia sobre la administración municipal,
las atribuciones que en las materias indicadas corresponden por Ley a esta Alcaldía, incluida la potestad de sancionar por desobediencia o infracción de las Ordenanzas Municipales.

BOCM-20241007-81

RESUELVE