D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241007-47)
Convenio –  Convenio de 16 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación de Tenis de Madrid, para el desarrollo del Programa Madrid Comunidad Deportiva 2024/2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 239

LUNES 7 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 163

Tercera
Justificación y forma de pago
El pago se realizará previa presentación por la Federación de la documentación justificativa correspondiente a cada período. Así, la Federación presentará una primera justificación al concluir la actividad correspondiente a 2024, en todo caso antes del 20 de diciembre
de 2024, y otra al concluir el programa en 2025, a la finalización del curso escolar, respe-

BOCM-20241007-47

3. Activa tus Valores: 3.596,80 euros.
Esta cantidad corresponde a un coste máximo de 2 técnicos y 2 sesiones en 16 centros
(2.956,80 euros), además del transporte de los técnicos para la actividad (640 euros).
4. Madrid Comunidad Inclusiva: 3.217,60 euros.
— Técnicos deportivos: 2.217,60 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 2 sesiones de tres horas de duración
(46,20 euros por sesión), con 3 técnicos, en 8 centros escolares.
— Plus de transporte: 480 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los
técnicos cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que normalmente desarrollan su actividad, por importe de 10 euros por sesión.
— Gastos de coordinación: 200 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de la
actividad del programa, que incluyen las siguientes actuaciones: contactar con los
centros para realizar los calendarios de sesiones divulgativas, organización de
pruebas y torneos, conocimiento y resolución de problemas de desarrollo del programa en los centros y con los participantes, valoración de resultados de los programas, torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros.
Su importe es de 25 euros por cada centro escolar inscrito en el programa.
— Material: 320 euros.
Esta cantidad se destina a la compra del material que pudiera ser necesario para el
desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo caso carácter fungible en
atención a su utilización para el desarrollo del Programa.
A estos importes máximos hay que restar la cantidad de 7.200 euros, correspondientes a la anualidad 2025, en concepto de desarrollo de programas deportivos, en
virtud de las obligaciones que asume la Federación en el convenio firmado el día
fecha 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Federación de
Tenis de Madrid, para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en
el “Parque Deportivo Puerta de Hierro”, situado en el “Monte de El Pardo” y en las
instalaciones deportivas “Canal de Isabel II”, prorrogado mediante adenda de 19 de
diciembre de 2023.
Total: 11.727 euros.
La distribución del coste por anualidades se ha calculado teniendo en cuenta que deberán celebrarse, de “Madrid Comunidad Deportiva”, con independencia del lugar de realización, 15 sesiones antes del fin de 2024 y 30 sesiones durante 2025, que todas las sesiones de “Mañanas Activas” se realizarán en 2025, que 6 sesiones de “Activa tus Valores” se
realizarán en 2024 y 26 sesiones en 2025, y que 2 sesiones de “Madrid Comunidad Inclusiva” se llevarán a cabo en 2024 y 14 sesiones en 2025. En caso de que surgieran imprevistos sobre el calendario de sesiones o se retrasara el inicio del programa, se intentaría agrupar las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas al objeto de conseguir
celebrar todas las sesiones y cumplir los objetivos previstos en el programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría en cada apartado proporcionalmente al coste
de las sesiones efectivamente celebradas.
Esta cantidad constituye el umbral máximo de gasto, pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo de los programas existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre lo previsto inicialmente, derivadas del número definitivo de participantes, que afecten al número de sesiones, torneos, o la necesidad sobrevenida de material u
otros gastos indispensables para el adecuado funcionamiento de los programas, la distribución de los gastos a realizar por la Federación será flexible en el marco de las obligaciones
recogidas en la cláusula tercera, siempre que quede justificada la necesidad y que no exceda
de la cifra máxima de gasto. El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección
General de Deportes en función de la justificación presentada por la Federación.