D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241007-45)
Convenio –  Convenio de 16 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y la Federación Madrileña de Triatlón, para el desarrollo del Programa Madrid Comunidad Deportiva 2024/2025
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 239

b) 2025: 14.952 euros.
La aportación de la Comunidad de Madrid se destinará a sufragar los siguientes gastos:
1. Madrid Comunidad Deportiva: 10.737 euros.
— Técnicos deportivos: 6.237 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 1 sesión de 3 horas de duración (46,20 euros
por sesión) con 3 técnicos en 45 centros escolares.
— Plus de transporte: 1.350 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los
monitores cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que normalmente desarrollan su actividad, por importe de 10 euros por sesión.
— Gastos de coordinación: 1.125 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de la actividad del programa, que incluyen las siguientes actuaciones: contactar con los centros para realizar los calendarios de sesiones divulgativas, organización de pruebas
y torneos, conocimiento y resolución de problemas de desarrollo del programa en
los centros y con los participantes, valoración de resultados de los programas, torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros. Su importe
es de 25 euros por cada centro escolar inscrito en el programa.
— Material: 2.025 euros.
Esta cantidad se destina a la compra de conos, picas, aros, gomas, cámaras, cubiertas, frenos, cascos y otro material que pudiera ser necesario para el desarrollo de
la actividad. El material tendrá en todo caso carácter fungible en atención a su utilización para el desarrollo del programa.
2. Mañanas activas: 2.990,40 euros.
Esta cantidad corresponde a un coste máximo de 2 técnicos y 21 centros (1.940,40 euros),
además del transporte (420 euros) y el material específico para la actividad (630 euros).
3. Activa tus Valores: 4.046,40 euros.
Esta cantidad corresponde a un coste máximo de 2 técnicos y 2 sesiones en 18 centros
(3.326,40 euros), además del transporte de los técnicos para la actividad (720 euros).
4. Sábados deportivos: 1.560 euros.
— Técnicos deportivos: 960 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 12 sesiones de 4 horas de duración
(20 euros por hora), con 1 técnico.
— Material: 600 euros.
Esta cantidad se destina a la compra del material que pudiera ser necesario para el
desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo caso carácter fungible en
atención a su utilización para el desarrollo del programa.
Total: 19.333,80 euros.
La distribución del coste por anualidades se ha calculado teniendo en cuenta que deberán celebrarse 9 sesiones antes del fin de 2024 y 36 sesiones durante 2025 de “Madrid
Comunidad Deportiva”, 6 sesiones de “Activa tus Valores” en 2024 y 30 en 2025, todas las
sesiones de “Sábados Deportivos” en 2024 y todas las sesiones de “Mañanas Activas”
en 2025. En caso de que surgieran imprevistos sobre el calendario de sesiones o se retrasara el inicio del programa, se intentaría agrupar las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir los objetivos previstos en el programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría en
cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones efectivamente celebradas.
Esta cantidad constituye el umbral máximo de gasto, pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo de los programas existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre lo previsto inicialmente, derivadas del número definitivo de participantes, que afecten al número de sesiones, torneos, o la necesidad sobrevenida de
material u otros gastos indispensables para el adecuado funcionamiento de los programas,
la distribución de los gastos a realizar por la Federación será flexible en el marco de las obligaciones recogidas en la cláusula tercera, siempre que quede justificada la necesidad y que
no exceda de la cifra máxima de gasto. El importe definitivo a abonar se determinará por la
Dirección General de Deportes en función de la justificación presentada por la Federación.

BOCM-20241007-45

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