D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241007-43)
Convenio – Convenio de 16 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y la Federación Madrileña de Patinaje, para el desarrollo del Programa Madrid Comunidad Deportiva 2024-2025
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BOCM
Pág. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 239
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
43
CONVENIO de 16 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través
de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y la Federación Madrileña de Patinaje, para el desarrollo del Programa Madrid Comunidad Deportiva 2024-2025.
En Madrid, a 16 de septiembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Alberto Tomé González, Director General de Deportes de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Jesús Adolfo Cordero Cobo, Presidente en funciones de la Federación Madrileña de Patinaje.
INTERVIENEN
El primero de ellos, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula
la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y en la Orden 1389/2021, del 16 de noviembre, de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por el que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones,
y en virtud de su nombramiento como Director General de Deportes por Decreto 173/2023,
de 5 de julio, del Consejo de Gobierno.
El segundo, en nombre y representación de la Federación Madrileña de Patinaje (en
adelante la Federación), inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid con el número 20, en calidad de Presidente en funciones de la misma en virtud de su
nombramiento, efectuado con fecha 9 de octubre de 2020 y en virtud de las atribuciones de
su cargo recogidas en sus Estatutos Sociales.
Ambas partes se reconocen competencia para la firma del presente documento y
I. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 2, apartados a), h) y j) establece, como principios rectores de la política deportiva de la Comunidad de Madrid, “la efectiva integración de la educación física y del deporte
en el sistema educativo”, “la difusión de las actividades físicas y del deporte en todos los sectores de la población y, en particular, entre los más desfavorecidos” y “la colaboración responsable entre las diversas Administraciones Públicas, y entre éstas y la organización deportiva privada”.
Como consecuencia de lo anterior, el artículo 21.3.d) del citado texto legal establece
la posibilidad de acordar con las federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid sus
objetivos, programas deportivos, en especial los del deporte de alto nivel, presupuestos y
estructuras orgánicas y funcionales de aquellas, suscribiendo al efecto los correspondientes
convenios. Tales convenios tendrán naturaleza jurídico-administrativa.
II. Que, de conformidad con el artículo 11, apartados l) y m), del Decreto 264/2023,
de 5 de diciembre, la Dirección General de Deportes tiene atribuidas las competencias para
“el impulso, la organización, en su caso, y la colaboración en el desarrollo de la competición deportiva en general entre los distintos colectivos de la población, prestando especial
atención a la competición deportiva escolar y universitaria, así como en categorías inferio-
BOCM-20241007-43
EXPONEN
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 239
I. COMUNIDAD DE MADRID
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43
CONVENIO de 16 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través
de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y la Federación Madrileña de Patinaje, para el desarrollo del Programa Madrid Comunidad Deportiva 2024-2025.
En Madrid, a 16 de septiembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Alberto Tomé González, Director General de Deportes de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Jesús Adolfo Cordero Cobo, Presidente en funciones de la Federación Madrileña de Patinaje.
INTERVIENEN
El primero de ellos, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula
la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y en la Orden 1389/2021, del 16 de noviembre, de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por el que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones,
y en virtud de su nombramiento como Director General de Deportes por Decreto 173/2023,
de 5 de julio, del Consejo de Gobierno.
El segundo, en nombre y representación de la Federación Madrileña de Patinaje (en
adelante la Federación), inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid con el número 20, en calidad de Presidente en funciones de la misma en virtud de su
nombramiento, efectuado con fecha 9 de octubre de 2020 y en virtud de las atribuciones de
su cargo recogidas en sus Estatutos Sociales.
Ambas partes se reconocen competencia para la firma del presente documento y
I. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 2, apartados a), h) y j) establece, como principios rectores de la política deportiva de la Comunidad de Madrid, “la efectiva integración de la educación física y del deporte
en el sistema educativo”, “la difusión de las actividades físicas y del deporte en todos los sectores de la población y, en particular, entre los más desfavorecidos” y “la colaboración responsable entre las diversas Administraciones Públicas, y entre éstas y la organización deportiva privada”.
Como consecuencia de lo anterior, el artículo 21.3.d) del citado texto legal establece
la posibilidad de acordar con las federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid sus
objetivos, programas deportivos, en especial los del deporte de alto nivel, presupuestos y
estructuras orgánicas y funcionales de aquellas, suscribiendo al efecto los correspondientes
convenios. Tales convenios tendrán naturaleza jurídico-administrativa.
II. Que, de conformidad con el artículo 11, apartados l) y m), del Decreto 264/2023,
de 5 de diciembre, la Dirección General de Deportes tiene atribuidas las competencias para
“el impulso, la organización, en su caso, y la colaboración en el desarrollo de la competición deportiva en general entre los distintos colectivos de la población, prestando especial
atención a la competición deportiva escolar y universitaria, así como en categorías inferio-
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