D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241005-10)
Convenio –  Convenio de 6 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Santa María de la Alameda, para el desarrollo del Proyecto “Santa María de la Alameda: deporte contra el sedentarismo” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 238

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE OCTUBRE DE 2024

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XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Santa María de la Alameda (en adelante, el
Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Santa María de la Alameda: Deporte contra el sedentarismo” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción
de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que
se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Santa María de la Alameda: deporte contra el sedentarismo”.
El objetivo principal del proyecto es evitar, en la medida de lo posible, la vida sedentaria en cualquier edad. Y por ese motivo se presenta este proyecto donde se engloban distintas actividades para toda la población.
En esta edición del proyecto, como sucedió en ediciones anteriores, se van a realizar
actividades dedicadas a todos los grupos de edad.
El tiempo de ejecución será de nueve meses, dentro del curso escolar 2024-2025, de
octubre de 2024 a junio de 2025.
En el proyecto se van a incluir las siguientes actividades:
— Gimnasia para mayores: dos horas a la semana, en tres núcleos de población, durante los nueve meses.
— Natación: se llevará a cabo una sesión de una hora a la semana.
— Actividades deportivas: se realizarán en diferentes fases y para diferentes edades,
desde infantil hasta tercera edad, adaptándose al nivel de los participantes.
— Rutas guiadas: se hará una ruta al mes durante el período que dura el proyecto.
Además de estas actividades que se llevarán a cabo de forma periódica, se van a realizar dos talleres sobre alimentación y deporte, en los que se explicará a los alumnos de los
dos colegios, la importancia de comer saludable y realizar ejercicio físico, y otra sesión especializada sobre la importancia del deporte, enfocada a todas las edades.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 7.737,60 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 50,58% del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 15.297,13 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.

BOCM-20241005-10

Obligaciones de la Comunidad de Madrid