D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241005-4)
Convenio –  Adenda de 16 de septiembre de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales y Familia, actualmente Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Fundación Unicef Comité Español, para la promoción, desarrollo e implantación del programa denominado “ciudades amigas de la infancia” durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 238

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
4

ADENDA de 16 de septiembre de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales y Familia,
actualmente Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Fundación
Unicef Comité Español, para la promoción, desarrollo e implantación del programa denominado “ciudades amigas de la infancia” durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
En Madrid, a 16 de septiembre de 2024.
REUNIDOS

De una parte: la Excma. Sra. Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023,
de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41. a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra: la Fundación Unicef Comité Español, con NIF G84451087, inscrita en el Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, bajo el número 759, con domicilio fiscal en
calle Mauricio Legendre, número 36, de Madrid, CP 28046, y en su nombre y representación D. José M.a Vera Villacián, con NIF ***7475**, en calidad de Director Ejecutivo y
apoderado en virtud del acuerdo de apoderamiento adoptado por el Patronato de la Fundación Unicef Comité Español, en reunión celebrada el 26 de noviembre de 2021 y elevado a
público mediante escritura de protocolización de fecha 17 de enero de 2022 con número 259,
otorgada ante D. Jaime Recarte Casanova, Notario del Ilustre Colegio de Madrid, en adelante Unicef Comité Español.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la cuarta adenda de prórroga y,
EXPONEN
Primero
Que el día 17 de enero de 2018, se firmó el Convenio Marco entre la Comunidad de
Madrid (a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales y Familia actualmente
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Fundación Unicef Comité Español para promover políticas eficaces y sostenibles a favor de la infancia y la adolescencia
en todo su territorio, a través de la promoción, desarrollo e implantación del programa denominado “Ciudades Amigas de la Infancia” con vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2021.

Que la cláusula séptima del Convenio Marco contempla que las partes firmantes podrán
acordar unánimemente su prórroga de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y que la misma deberá tramitarse y formalizarse con anterioridad a la fecha de vencimiento del Convenio Marco
o cualquiera de sus prórrogas. En virtud de la misma, con fecha 1 de septiembre de 2021 se formalizó la primera adenda de prórroga del convenio para el período comprendido entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2022; con fecha 9 de julio de 2022 se formalizó la segunda adenda de prórroga del convenio para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023 y con fecha 17 de mayo de 2023 se formalizó la tercera adenda de prórroga del
convenio para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

BOCM-20241005-4

Segundo