Aranjuez (BOCM-20241004-61)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 237
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
ARANJUEZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Convocatoria y bases reguladoras de la concesión de subvenciones con destino a entidades socio-sanitarias 2024.
BDNS (Identif.): 785085
BOCM-20241004-61
1. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de
regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas
a entidades y/o asociaciones sanitarias ciudadanas sin ánimo de lucro de Aranjuez, que promuevan proyectos, en esta ciudad, de prevención, promoción de salud y educación sanitaria sobre enfermedades, y contribuyan a la mejora de la salud y calidad de vida del conjunto de los ciudadanos de la localidad durante el ejercicio 2024.
2. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las entidades sociosanitarias, inscritas en
el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Aranjuez, que cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento de Participación Ciudadana y bajo las condiciones
previstas en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de 20 de
enero de 2006.
3. Cuantía global máxima.—El crédito destinado a la presente convocatoria asciende a
un importe máximo de 23.500 euros, con cargo a la partida presupuestaria 21.9252.48900.
4. Solicitudes y plazo de presentación.—El modelo oficial de presentación de solicitudes podrá descargarse de la página web municipal, desde la sección de “Tramites de participación ciudadana”. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al
de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el día 30 de
octubre del actual inclusive.
5. Justificación.—El plazo de justificación de todas las subvenciones concedidas
será el 30 de marzo de 2025. Estos plazos podrán ser objeto de prórroga por acuerdo del órgano concedente.
Aranjuez, a 1 de octubre de 2024.—El interventor accidental, Francisco José Domínguez Naranjo.
(03/15.881/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 237
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
ARANJUEZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Convocatoria y bases reguladoras de la concesión de subvenciones con destino a entidades socio-sanitarias 2024.
BDNS (Identif.): 785085
BOCM-20241004-61
1. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de
regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas
a entidades y/o asociaciones sanitarias ciudadanas sin ánimo de lucro de Aranjuez, que promuevan proyectos, en esta ciudad, de prevención, promoción de salud y educación sanitaria sobre enfermedades, y contribuyan a la mejora de la salud y calidad de vida del conjunto de los ciudadanos de la localidad durante el ejercicio 2024.
2. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las entidades sociosanitarias, inscritas en
el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Aranjuez, que cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento de Participación Ciudadana y bajo las condiciones
previstas en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de 20 de
enero de 2006.
3. Cuantía global máxima.—El crédito destinado a la presente convocatoria asciende a
un importe máximo de 23.500 euros, con cargo a la partida presupuestaria 21.9252.48900.
4. Solicitudes y plazo de presentación.—El modelo oficial de presentación de solicitudes podrá descargarse de la página web municipal, desde la sección de “Tramites de participación ciudadana”. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al
de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el día 30 de
octubre del actual inclusive.
5. Justificación.—El plazo de justificación de todas las subvenciones concedidas
será el 30 de marzo de 2025. Estos plazos podrán ser objeto de prórroga por acuerdo del órgano concedente.
Aranjuez, a 1 de octubre de 2024.—El interventor accidental, Francisco José Domínguez Naranjo.
(03/15.881/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791