Aranjuez (BOCM-20241004-60)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 185

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60

ARANJUEZ
RÉGIMEN ECONÓMICO

Convocatoria y bases reguladoras de la concesión de subvenciones con destino a entidades socio-culturales, juveniles, vecinales, de mujeres o cualquier otra de carácter social 2024.
BDNS (Identif.): 785097

BOCM-20241004-60

1. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de
regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas
a entidades y/o asociaciones ciudadanas socio-culturales, juveniles, vecinales, de mujeres,
o cualquier otra de carácter social, excluyendo las sanitarias, educativas y deportivas que
disponen de convocatoria a parte, sin ánimo de lucro de Aranjuez, que promuevan en esta
ciudad proyectos, programas o actividades culturales de utilidad o interés social cuyo objeto sea la promoción y/o difusión de la cultura en sus variadas manifestaciones o el apoyo a
colectivos vulnerables durante el ejercicio 2024.
2. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las entidades socio-culturales, juveniles,
vecinales, de mujeres, o cualquier otra de carácter social, sin ánimo de lucro, excluyendo
las sanitarias, educativas y deportivas que disponen de convocatoria a parte, inscritas en el
Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Aranjuez, que cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento de Participación Ciudadana y bajo las condiciones
previstas en la ordenanza general de subvenciones aprobada por acuerdo plenario de fecha
20 de enero de 2006.
3. Cuantía global máxima.—El crédito destinado a la presente convocatoria asciende a un importe máximo de 27.540 euros, con cargo a la partida presupuestaria
21.9252.48901 Subvenciones de Asociaciones Socio-culturales.
4. Solicitudes y plazo de presentación.—El modelo oficial de presentación de solicitudes podrá descargarse de la página web municipal, desde la sección de “Tramites de participación ciudadana”. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al
de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el día 30
de octubre del actual inclusive.
5. Justificación.—El plazo de justificación de todas las subvenciones concedidas
será el 30 de marzo de 2025. Estos plazos podrán ser objeto de prórroga por acuerdo del
órgano concedente.
Aranjuez, a 1 de octubre de 2024.—El interventor accidental, Francisco José Domínguez
Naranjo.
(03/15.880/24)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791