Madrid (BOCM-20241004-57)
Licencias. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 182

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 237

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57

MADRID
LICENCIAS

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

BOCM-20241004-57

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 5 de septiembre de 2024, expediente 135-2023-01264, adoptó el siguiente Acuerdo:
“Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Especial para los edificios situados en la calle del Príncipe número 1, plaza de Canalejas número 3 y carrera de
San Jerónimo número 24, Distrito de Centro, promovido por Pescaderías Coruñesas, S. L.,
de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4, en relación con el artículo 57, de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un
mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en un periódico de los de mayor difusión, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas, y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo
previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio y preceptos concordantes.
Tercero.—Notificar individualmente a todas las personas propietarias afectadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b) 1.o de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio.
Cuarto.—Suspender en el ámbito del Plan Especial, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la tramitación de licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la publicación del presente acuerdo que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, con
excepción de la primera ocupación y funcionamiento”.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, calle de Ribera
del Sena número 21, en las mañanas de los días hábiles, en el plazo señalado, así como en
los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de Madrid
(madrid.es), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos) o dentro
de Vivienda y Urbanismo (Visor Urbanístico), durante el plazo señalado, computable desde
el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.
Madrid, a 18 de septiembre de 2024.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la
Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/15.242/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791