Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241004-47)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO

SEE/DGPEM/SGEE/Resolución AAP mod, AAC (PFot-490).
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga
a Energía Ebisu, S. L., autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica ISF Ebisu, de 111,56 MW de potencia instalada
y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de La Torre de Esteban Hambrán, Casarrubios del Monte, Cedillo del Condado, Yuncos, Illescas, Ugena, el Viso de San
Juan y Carranque, en la provincia de Toledo, y Batres, Griñón, Serranillos del Valle, Moraleja de Enmedio, Móstoles, Fuenlabrada y Leganés, en la provincia de Madrid.
Energía Ebisu, S. L. solicitó, con fecha 22 de diciembre de 2020, subsanada posteriormente en fecha 15 de enero de 2021, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica ISF Ebisu de 111,56 MW de potencia instalada, la subestación eléctrica Ebisu 30/220 kV,
la subestación eléctrica Cedillo-Leganés y las líneas de evacuación a 30 kV y 220 kV hasta la
subestación eléctrica Leganés 220 kV de Red Eléctrica de España S. A. U., en los términos municipales de La Torre de Esteban Hambrán, Casarrubios del Monte, Las Ventas de Retamosa,
Camarena, Chozas de Canales, Palomeque, Lominchar, Cedillo del Condado, Yuncos, Illescas
y Ugena en la provincia de Toledo, y Cubas de la Sagra, Griñón, Serranillos del Valle, Moraleja de Enmedio, Móstoles, Fuenlabrada y Leganés, en la provincia de Madrid.
Mediante Resolución de 23 de mayo de 2023 de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Energía Ebisu, S. L. autorización administrativa previa para la
instalación fotovoltaica ISF Ebisu, de 111,56 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de La Torre de Esteban Hambrán, Casarrubios del Monte, Las Ventas de Retamosa, Camarena, Chozas de Canales, Palomeque,
Lominchar, Cedillo del Condado, Yuncos, Illescas y Ugena en la provincia de Toledo, y
Cubas de la Sagra, Griñón, Serranillos del Valle, Moraleja de Enmedio, Móstoles, Fuenlabrada y Leganés, en la provincia de Madrid (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 133, de 5 de junio de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, en el marco de la evaluación de impacto ambiental practicada, el promotor presentó, con fecha en fecha 22 de diciembre de 2022, modificaciones en los proyectos de la
instalación fotovoltaica y sus infraestructuras de evacuación, consistentes en:
— Reducción de la superficie de afección respecto al proyecto original, manteniendo
la potencia pico e instalada.
— Soterramiento parcial de las líneas de evacuación a 220 kV.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la Resolución de 24 de febrero de 2023 de la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable para el proyecto (en
adelante, DIA, o DIA del PFot-490 AC), publicada en el “Boletín Oficial del Estado”
núm. 56, de 7 de marzo de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
— En el diseño final de las infraestructuras de evacuación deberá evitarse la afección
directa a los HIC. Todos los HICs afectados temporal o permanentemente deberán ser restaurados o compensados en proporción 1:1 (condición ii.12).
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto, se
recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica.
Energía Ebisu, S. L (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 21 de junio de 2023,
autorización administrativa previa respecto de las modificaciones descritas anteriormente

BOCM-20241004-47

Dirección General de Política Energética y Minas