D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241004-41)
Convenio – Convenio de 6 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Chapinería, para el desarrollo del Proyecto “Chapinería Salud Deportiva” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 115
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Chapinería (en adelante, el Ayuntamiento) para el
desarrollo del Proyecto “Chapinería Salud Deportiva” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos
de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Chapinería Salud Deportiva”.
En este proyecto, se pretende fomentar la práctica de la actividad física entre los diferentes colectivos, haciendo uso de recursos existentes, e intentando que la actividad física
se convierta en algo habitual para nuestros vecinos.
Se trata de asentar o propiciar un cambio estable y permanente de estilo de vida. El éxito será la modificación de conductas y la continuidad de las rutinas y hábitos adquiridos, en
este caso con el apoyo institucional como facilitador a la práctica de hábitos saludables.
En el presente proyecto vamos a contemplar tres tipos de actuaciones:
— Vacacionales: destinadas a menores, de 6 a 16 años, y serán desarrolladas en Navidades y Semana Santa.
— Específicas, de carácter periódico, entre las que vamos a encontrar la actividad de
zumba o de hipopresivos, que se van a realizar en jornadas lectivas de lunes a viernes.
— Extraordinarias: serán actividades puntuales especiales, jornadas o eventos que
estarán dirigidas a todos los grupos participantes en el proyecto. Ejemplo de estas,
serán los torneos de pádel o de baloncesto 3x3 que se celebrarán en el último trimestre del curso.
El Proyecto se desarrollará entre el 1 de octubre de 2024 al 30 de junio de 2025 aproximadamente.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 6.088,56 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 53,77 % del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 11.323,10 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
BOCM-20241004-41
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 237
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 115
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Chapinería (en adelante, el Ayuntamiento) para el
desarrollo del Proyecto “Chapinería Salud Deportiva” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos
de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Chapinería Salud Deportiva”.
En este proyecto, se pretende fomentar la práctica de la actividad física entre los diferentes colectivos, haciendo uso de recursos existentes, e intentando que la actividad física
se convierta en algo habitual para nuestros vecinos.
Se trata de asentar o propiciar un cambio estable y permanente de estilo de vida. El éxito será la modificación de conductas y la continuidad de las rutinas y hábitos adquiridos, en
este caso con el apoyo institucional como facilitador a la práctica de hábitos saludables.
En el presente proyecto vamos a contemplar tres tipos de actuaciones:
— Vacacionales: destinadas a menores, de 6 a 16 años, y serán desarrolladas en Navidades y Semana Santa.
— Específicas, de carácter periódico, entre las que vamos a encontrar la actividad de
zumba o de hipopresivos, que se van a realizar en jornadas lectivas de lunes a viernes.
— Extraordinarias: serán actividades puntuales especiales, jornadas o eventos que
estarán dirigidas a todos los grupos participantes en el proyecto. Ejemplo de estas,
serán los torneos de pádel o de baloncesto 3x3 que se celebrarán en el último trimestre del curso.
El Proyecto se desarrollará entre el 1 de octubre de 2024 al 30 de junio de 2025 aproximadamente.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 6.088,56 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 53,77 % del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 11.323,10 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
BOCM-20241004-41
Obligaciones de la Comunidad de Madrid