C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241004-17)
Autorización centro docente –  Orden 4191/2024, de 23 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza el cese voluntario de actividades del centro extranjero “Suffolk University, Madrid Campus”, con efectos a partir de la finalización del curso académico 2023/2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024

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Segundo
Garantía de finalización de estudios de los estudiantes
Los estudiantes matriculados en “Suffolk University, Madrid Campus” tendrán garantizada la finalización de los estudios, pudiendo optar entre concluirlos en la Universidad de
Suffolk, en su campus de Boston o bien finalizarlos en la “Saint Louis University MadridCampus”, centro autorizado por esta Administración por Orden 1999/96, de 23 de septiembre de 1996. A estos efectos, ambas instituciones han suscrito un convenio de colaboración
con fecha 1 de noviembre de 2023 en el que han quedado reflejadas las condiciones que deberán ser cumplidas para garantizar el derecho de los estudiantes a concluir sus estudios de
acuerdo con el plan de estudios de la Universidad de Suffolk.
La aprobación de los términos y el seguimiento del cumplimiento de las cláusulas de
naturaleza académica establecidas en el citado convenio, corresponderán a la entidad acreditadora estadounidense “New England Commission of Higher Education” (NECHE), responsable, por otro lado, de la evaluación y acreditación de la universidad matriz y de su
campus en Madrid, garantizándose de este modo el derecho de los estudiantes matriculados
a la finalización de sus estudios.
Tercero
Recursos
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados
recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades en
el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, o impugnarla directamente ante
el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo
previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los
interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Madrid, a 23 de septiembre de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO

BOCM-20241004-17

(03/15.432/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791