C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241004-16)
Autorización centro docente – Orden 4181/2024, de 23 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se acuerda el traslado de la sede de la Facultad de Lenguas y Educación de la Universidad Antonio de Nebrija
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024
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Pág. 51
Grado en Lenguas Modernas Aplicadas.
Grado en Educación Social.
Máster Universitario en Atención a la Diversidad y Necesidades Educativas Especiales.
Máster Universitario en Atención Temprana.
Máster Universitario en Calidad e Innovación Educativa.
Máster Universitario en Cognición y Emoción en Contextos Educativos.
Máster Universitario en Desarrollo del Lenguaje y Dificultades de la Comunicación.
Máster Universitario en Dirección y Transformación Digital de Centros Educativos.
Máster Universitario en Enseñanza Bilingüe.
Máster Universitario en Español como Lengua Extranjera: Didáctica e Investigación.
Máster Universitario en Estudios Avanzados en Altas Capacidades y Desarrollo
del Talento.
Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.
Máster Universitario en Gobernanza Educativa.
Máster Universitario en Mercado del Arte y Gestión de Empresas Relacionadas.
Máster Universitario en Metodologías Docentes.
Máster Universitario en Problemas de Conducta en Centros Educativos.
Máster Universitario en Procesos Educativos de Enseñanza y Aprendizaje.
Máster Universitario en Tecnologías de la Información y la Comunicación para la
Educación y Aprendizaje Digital.
Tercero
La Universidad deberá presentar ante el órgano de evaluación externo la solicitud de
modificación de las memorias de verificación de las titulaciones afectadas, motivada por
el traslado de la sede del centro, siguiendo para ello el procedimiento previsto en el artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Cuarto
Esta autorización se concede sin perjuicio de cuantas otras licencias, permisos o autorizaciones sean preceptivas para la puesta en funcionamiento de la Facultad en su nueva sede.
Quinto
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en el
plazo de un mes, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Sexto
TÍN
Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 23 de septiembre de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20241004-16
(03/15.437/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Grado en Lenguas Modernas Aplicadas.
Grado en Educación Social.
Máster Universitario en Atención a la Diversidad y Necesidades Educativas Especiales.
Máster Universitario en Atención Temprana.
Máster Universitario en Calidad e Innovación Educativa.
Máster Universitario en Cognición y Emoción en Contextos Educativos.
Máster Universitario en Desarrollo del Lenguaje y Dificultades de la Comunicación.
Máster Universitario en Dirección y Transformación Digital de Centros Educativos.
Máster Universitario en Enseñanza Bilingüe.
Máster Universitario en Español como Lengua Extranjera: Didáctica e Investigación.
Máster Universitario en Estudios Avanzados en Altas Capacidades y Desarrollo
del Talento.
Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.
Máster Universitario en Gobernanza Educativa.
Máster Universitario en Mercado del Arte y Gestión de Empresas Relacionadas.
Máster Universitario en Metodologías Docentes.
Máster Universitario en Problemas de Conducta en Centros Educativos.
Máster Universitario en Procesos Educativos de Enseñanza y Aprendizaje.
Máster Universitario en Tecnologías de la Información y la Comunicación para la
Educación y Aprendizaje Digital.
Tercero
La Universidad deberá presentar ante el órgano de evaluación externo la solicitud de
modificación de las memorias de verificación de las titulaciones afectadas, motivada por
el traslado de la sede del centro, siguiendo para ello el procedimiento previsto en el artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Cuarto
Esta autorización se concede sin perjuicio de cuantas otras licencias, permisos o autorizaciones sean preceptivas para la puesta en funcionamiento de la Facultad en su nueva sede.
Quinto
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en el
plazo de un mes, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Sexto
TÍN
Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 23 de septiembre de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
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(03/15.437/24)
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ISSN 1989-4791