Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20241004-87)
Otros anuncios. Candidatura juez de paz
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 259
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
87
RIVAS-VACIAMADRID
OTROS ANUNCIOS
BOCM-20241004-87
Anuncio elección de juez de paz titular y sustituto de Rivas-Vaciamadrid.
Que se abre un plazo de diez días hábiles para que las personas que estén interesadas,
y reúnan las condiciones legales, que se incluyen en la declaración responsable, lo soliciten
por escrito, dirigido a esta Alcaldía:
Que reúno todas las condiciones establecidas en la normativa vigente para poder acceder al cargo convocado y en particular:
— Poseer la nacionalidad española.
— Ser mayor de edad.
— Estar en pleno ejercicio de mis derechos civiles.
— Ser residente en esta localidad, sede del Juzgado de Paz, salvo autorización de la Sala
de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. (Artículo 15 del Reglamento 3/1995,
de 7 de junio, de los Jueces de Paz).
— No estar incurso en alguna de las causas de incapacidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial. (Artículo 389).
— No estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.
— No estar condenado por delito doloso.
— No estar procesado o inculpado por delito doloso.
La declaración responsable, junto con el resto de documentación, se presentarán en el
Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Asimismo, deberán presentar:
— Fotocopia del DNI.
— Certificado de antecedentes penales.
— Currículo personal.
El modelo de declaración responsable se encuentra a disposición de las personas interesadas en las dependencias municipales de la Corporación donde podrán ser presentadas
dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar
la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, etcétera.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de
este Ayuntamiento: https://www.rivasciudad.es/tramite/eleccion-y-nombramiento-dejuez-de-paz-titular-y-sustituto/
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de
Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
Rivas-Vaciamadrid, a 25 de septiembre de 2024.—El secretario general, Juan Ramón
Garrido Solís.
(03/15.440/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 237
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Anuncio elección de juez de paz titular y sustituto de Rivas-Vaciamadrid.
Que se abre un plazo de diez días hábiles para que las personas que estén interesadas,
y reúnan las condiciones legales, que se incluyen en la declaración responsable, lo soliciten
por escrito, dirigido a esta Alcaldía:
Que reúno todas las condiciones establecidas en la normativa vigente para poder acceder al cargo convocado y en particular:
— Poseer la nacionalidad española.
— Ser mayor de edad.
— Estar en pleno ejercicio de mis derechos civiles.
— Ser residente en esta localidad, sede del Juzgado de Paz, salvo autorización de la Sala
de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. (Artículo 15 del Reglamento 3/1995,
de 7 de junio, de los Jueces de Paz).
— No estar incurso en alguna de las causas de incapacidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial. (Artículo 389).
— No estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.
— No estar condenado por delito doloso.
— No estar procesado o inculpado por delito doloso.
La declaración responsable, junto con el resto de documentación, se presentarán en el
Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Asimismo, deberán presentar:
— Fotocopia del DNI.
— Certificado de antecedentes penales.
— Currículo personal.
El modelo de declaración responsable se encuentra a disposición de las personas interesadas en las dependencias municipales de la Corporación donde podrán ser presentadas
dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar
la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, etcétera.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de
este Ayuntamiento: https://www.rivasciudad.es/tramite/eleccion-y-nombramiento-dejuez-de-paz-titular-y-sustituto/
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de
Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
Rivas-Vaciamadrid, a 25 de septiembre de 2024.—El secretario general, Juan Ramón
Garrido Solís.
(03/15.440/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791