Piñuécar-Gandullas (BOCM-20241002-76)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 324
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 235
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
PIÑUÉCAR-GANDULLAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241002-76
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Piñuécar-Gandullas por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos número 1/2024 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido
de tesorería.
El Pleno de esta entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de septiembre de 2024,
acordó la aprobación inicial del expediente de crédito extraordinario financiado con cargo
a al remanente líquido de tesorería.
Aprobado inicialmente el expediente de crédito extraordinario financiado con cargo a al
remanente líquido de tesorería, por acuerdo del Pleno de 17 de septiembre de 2024, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este “Boletín Oficial de la Provincia”.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Piñuécar-Gandullas, a 19 de septiembre de 2024.—El alcalde-presidente, Juan José
Suárez del Pozo.
(03/15.227/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 324
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 235
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
PIÑUÉCAR-GANDULLAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241002-76
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Piñuécar-Gandullas por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos número 1/2024 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido
de tesorería.
El Pleno de esta entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de septiembre de 2024,
acordó la aprobación inicial del expediente de crédito extraordinario financiado con cargo
a al remanente líquido de tesorería.
Aprobado inicialmente el expediente de crédito extraordinario financiado con cargo a al
remanente líquido de tesorería, por acuerdo del Pleno de 17 de septiembre de 2024, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este “Boletín Oficial de la Provincia”.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Piñuécar-Gandullas, a 19 de septiembre de 2024.—El alcalde-presidente, Juan José
Suárez del Pozo.
(03/15.227/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791