Alcobendas (BOCM-20241002-53)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 235
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 285
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto número 13146, del 26 de septiembre de 2024, por el que se convocan ayudas para la adquisición de material escolar para el curso 2024-2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de ayudas para la adquisición de material escolar para el curso 2024-2025 cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.mihap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Familia de Alcobendas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar empadronados en Alcobendas el alumno y el solicitante de la ayuda (padre,
madre o tutor), en el momento en que se presenta la solicitud, con una antigüedad
ininterrumpida desde al menos el 1 de enero de 2024, debiéndose mantener dicha
situación hasta la finalización del procedimiento de concesión de estas ayudas.
b) Estar al corriente del pago de los impuestos municipales todos los miembros de la
unidad familiar computables a efectos de renta.
c) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ninguno de los
miembros de la unidad familiar computables a efectos de renta.
d) El alumno deberá estar escolarizado en el curso 2024-2025 en Segundo Ciclo de
Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Bachillerato o Formación Profesional de Grado Medio,
en un centro docente sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.
e) La renta per cápita familiar no podrá superar los 9.500 euros anuales en el año 2023.
Esta cantidad puede resultar modificada a la baja a lo largo del proceso si concurre
la circunstancia de que al concederse las ayudas siguiendo el orden ascendente marcado por la renta per cápita familiar, empezando por la renta per cápita más baja, las
solicitudes superen al crédito presupuestado.
f) El alumno que repita curso no podrá ser beneficiario de la ayuda para el curso que
repite, salvo circunstancias sobrevenidas y con carácter excepcional previo informe favorable de la Comisión de Valoración estudiadas dichas circunstancias.
g) No podrán optar a las ayudas de Bachillerato ni de Ciclo Formativo de Grado Medio los que estén en posesión o tengan los requisitos legales para la obtención de
un título oficial del mismo o superior nivel correspondiente al de los estudios para
los que se solicita la ayuda. Además, deben estar matriculados de todas las asignaturas del curso.
Segundo. Finalidad.—La presente convocatoria tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la adquisición de material escolar para el
curso 2024-2025.
Tercero. Bases Reguladoras.—Ordenanza General Reguladora de Subvenciones en
Materia de Educación de Ayuntamiento de Alcobendas publicada en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177, de 26 de julio de 2016.
Cuarta. Cuantía.—La cuantía disponible para las ayudas para la adquisición de material escolar para el curso 2024-2025 es de 172.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—15 días hábiles a contar desde el siguiente de la publicación de esa convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Alcobendas, a 27 de septiembre de 2024.—El concejal de Educación y Participación
Ciudadana, Fernando Martínez Rodríguez.
(03/15.702/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241002-53
BDNS : 787735
B.O.C.M. Núm. 235
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 285
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto número 13146, del 26 de septiembre de 2024, por el que se convocan ayudas para la adquisición de material escolar para el curso 2024-2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de ayudas para la adquisición de material escolar para el curso 2024-2025 cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.mihap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Familia de Alcobendas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar empadronados en Alcobendas el alumno y el solicitante de la ayuda (padre,
madre o tutor), en el momento en que se presenta la solicitud, con una antigüedad
ininterrumpida desde al menos el 1 de enero de 2024, debiéndose mantener dicha
situación hasta la finalización del procedimiento de concesión de estas ayudas.
b) Estar al corriente del pago de los impuestos municipales todos los miembros de la
unidad familiar computables a efectos de renta.
c) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ninguno de los
miembros de la unidad familiar computables a efectos de renta.
d) El alumno deberá estar escolarizado en el curso 2024-2025 en Segundo Ciclo de
Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Bachillerato o Formación Profesional de Grado Medio,
en un centro docente sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.
e) La renta per cápita familiar no podrá superar los 9.500 euros anuales en el año 2023.
Esta cantidad puede resultar modificada a la baja a lo largo del proceso si concurre
la circunstancia de que al concederse las ayudas siguiendo el orden ascendente marcado por la renta per cápita familiar, empezando por la renta per cápita más baja, las
solicitudes superen al crédito presupuestado.
f) El alumno que repita curso no podrá ser beneficiario de la ayuda para el curso que
repite, salvo circunstancias sobrevenidas y con carácter excepcional previo informe favorable de la Comisión de Valoración estudiadas dichas circunstancias.
g) No podrán optar a las ayudas de Bachillerato ni de Ciclo Formativo de Grado Medio los que estén en posesión o tengan los requisitos legales para la obtención de
un título oficial del mismo o superior nivel correspondiente al de los estudios para
los que se solicita la ayuda. Además, deben estar matriculados de todas las asignaturas del curso.
Segundo. Finalidad.—La presente convocatoria tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la adquisición de material escolar para el
curso 2024-2025.
Tercero. Bases Reguladoras.—Ordenanza General Reguladora de Subvenciones en
Materia de Educación de Ayuntamiento de Alcobendas publicada en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177, de 26 de julio de 2016.
Cuarta. Cuantía.—La cuantía disponible para las ayudas para la adquisición de material escolar para el curso 2024-2025 es de 172.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—15 días hábiles a contar desde el siguiente de la publicación de esa convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Alcobendas, a 27 de septiembre de 2024.—El concejal de Educación y Participación
Ciudadana, Fernando Martínez Rodríguez.
(03/15.702/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241002-53
BDNS : 787735