D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241002-41)
Convenio – Convenio de 3 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Zarzalejo, para el desarrollo del Proyecto “Zarzalejo Activo” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 235
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 231
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
41
CONVENIO de 3 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Zarzalejo, para
el desarrollo del Proyecto “Zarzalejo Activo” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud.
En Madrid, a 3 de septiembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Alberto Tomé González, Director General de Deportes de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Rafael Herranz Ventura, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Zarzalejo.
INTERVIENEN
El primero de ellos, en nombre de la Comunidad de Madrid, de conformidad con
lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de
Madrid, el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y
en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por el que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios
y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, y en virtud de su nombramiento como Director General de Deportes por Decreto 173/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno.
El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Zarzalejo, elegido por
Acuerdo del Pleno de 17 de junio de 2023, en virtud de su cargo y de las facultades que le
confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local.
Ambas partes se reconocen competencia para la firma del presente documento, y,
I. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 2.1.j), señala que la política deportiva de la Comunidad de Madrid se inspirará, entre otros principios, en la “colaboración responsable entre las diversas Administraciones públicas, y entre éstas y la organización deportiva privada”. Además, el artículo 15.1
prevé que “la Comunidad de Madrid, en coordinación y cooperación con los municipios u
otras entidades, promoverá la difusión de la cultura física desde la infancia mediante la redacción y ejecución de planes y programas específicos”.
II. Que los municipios, en virtud del artículo 25.2.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, ejercerán en todo caso como competencia propia, la promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre, en
los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas.
III. Que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte es el departamento de la Administración de la Comunidad de Madrid encargado de la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de Deporte, correspondiendo a su titular, entre otras, las competencias relativas al desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en materia de Deporte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5
de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
BOCM-20241002-41
EXPONEN
B.O.C.M. Núm. 235
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 231
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
41
CONVENIO de 3 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Zarzalejo, para
el desarrollo del Proyecto “Zarzalejo Activo” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud.
En Madrid, a 3 de septiembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Alberto Tomé González, Director General de Deportes de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Rafael Herranz Ventura, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Zarzalejo.
INTERVIENEN
El primero de ellos, en nombre de la Comunidad de Madrid, de conformidad con
lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de
Madrid, el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y
en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por el que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios
y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, y en virtud de su nombramiento como Director General de Deportes por Decreto 173/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno.
El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Zarzalejo, elegido por
Acuerdo del Pleno de 17 de junio de 2023, en virtud de su cargo y de las facultades que le
confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local.
Ambas partes se reconocen competencia para la firma del presente documento, y,
I. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 2.1.j), señala que la política deportiva de la Comunidad de Madrid se inspirará, entre otros principios, en la “colaboración responsable entre las diversas Administraciones públicas, y entre éstas y la organización deportiva privada”. Además, el artículo 15.1
prevé que “la Comunidad de Madrid, en coordinación y cooperación con los municipios u
otras entidades, promoverá la difusión de la cultura física desde la infancia mediante la redacción y ejecución de planes y programas específicos”.
II. Que los municipios, en virtud del artículo 25.2.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, ejercerán en todo caso como competencia propia, la promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre, en
los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas.
III. Que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte es el departamento de la Administración de la Comunidad de Madrid encargado de la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de Deporte, correspondiendo a su titular, entre otras, las competencias relativas al desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en materia de Deporte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5
de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
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