D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241002-43)
Convenio – Convenio de 3 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Villanueva de Perales, para el desarrollo del Proyecto “Villanueva Saludable” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 235
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 247
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Villanueva de Perales (en adelante, el Ayuntamiento)
para el desarrollo del Proyecto “Villanueva Saludable” (en adelante, el Proyecto) como acción
de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones
establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad
física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Villanueva Saludable”.
Se trata de fomentar la práctica de actividad física desde el Área Deportiva municipal
para promover la participación de los vecinos con más incidencia de sedentarismo o inactividad física, y con el objetivo último de mejorar la salud de la población.
La propuesta persigue normalizar un proceso de motivación y acceso a la práctica de
actividad física en personas sedentarias o inactivas. Es decir, será una herramienta para
facilitar el cambio de comportamiento del usuario.
Como objetivo general del Proyecto se plantea mejorar la calidad de vida y bienestar
de la población del municipio de Villanueva de Perales a través de la integración de la práctica de actividad física y ejercicio físico en sus estilos de vida.
La estructura general del programa “Villanueva Saludable” estará compuesta por las
siguientes actividades:
— Una actividad troncal denominada “Salud Activa”, que consistirá en sesiones de
actividad física con una frecuencia semanal de tres sesiones de una hora cada una.
— “Días sin cole activos”. Una programación deportiva específica adaptada a la población menor del municipio.
— Rutas de marcha nórdica con una frecuencia quincenal.
— Sesiones magistrales de Chi Kung.
Además, se van a realizar talleres con diferentes temáticas, orientados a concienciar a
la población sobre la importancia de cuidar la alimentación o la salud emocional de los
usuarios.
La ejecución del proyecto se plantea para el período comprendido entre el 1 de octubre
del 2024 y el 30 de junio de 2025, con una duración total de nueve meses.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 10.155,60 euros, de acuerdo
con la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados
en la orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 71,07 % del total del
coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 14.290 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
BOCM-20241002-43
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 235
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 247
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Villanueva de Perales (en adelante, el Ayuntamiento)
para el desarrollo del Proyecto “Villanueva Saludable” (en adelante, el Proyecto) como acción
de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones
establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad
física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Villanueva Saludable”.
Se trata de fomentar la práctica de actividad física desde el Área Deportiva municipal
para promover la participación de los vecinos con más incidencia de sedentarismo o inactividad física, y con el objetivo último de mejorar la salud de la población.
La propuesta persigue normalizar un proceso de motivación y acceso a la práctica de
actividad física en personas sedentarias o inactivas. Es decir, será una herramienta para
facilitar el cambio de comportamiento del usuario.
Como objetivo general del Proyecto se plantea mejorar la calidad de vida y bienestar
de la población del municipio de Villanueva de Perales a través de la integración de la práctica de actividad física y ejercicio físico en sus estilos de vida.
La estructura general del programa “Villanueva Saludable” estará compuesta por las
siguientes actividades:
— Una actividad troncal denominada “Salud Activa”, que consistirá en sesiones de
actividad física con una frecuencia semanal de tres sesiones de una hora cada una.
— “Días sin cole activos”. Una programación deportiva específica adaptada a la población menor del municipio.
— Rutas de marcha nórdica con una frecuencia quincenal.
— Sesiones magistrales de Chi Kung.
Además, se van a realizar talleres con diferentes temáticas, orientados a concienciar a
la población sobre la importancia de cuidar la alimentación o la salud emocional de los
usuarios.
La ejecución del proyecto se plantea para el período comprendido entre el 1 de octubre
del 2024 y el 30 de junio de 2025, con una duración total de nueve meses.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 10.155,60 euros, de acuerdo
con la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados
en la orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 71,07 % del total del
coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 14.290 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
BOCM-20241002-43
Obligaciones de la Comunidad de Madrid