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Convenio – Convenio de 3 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Tielmes, para el desarrollo del Proyecto “Tielmes en forma 2024/2025”, en el marco de la IX Edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
Pág. 220
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 235
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Tielmes (en adelante, el Ayuntamiento) para
el desarrollo del Proyecto “Tielmes en forma 2024/2025” (en adelante, el Proyecto) como
acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las
condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería
de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX Edición de dicho programa.
El Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Tielmes en forma 2024/2025”.
Se trata de un Proyecto consolidado en la oferta deportiva del municipio, con seis años
de experiencia, que el Ayuntamiento de Tielmes considera imprescindible mantener.
Se propone ofrecer un servicio deportivo para llevar una vida sana e incluir rutinas saludables en el grupo poblacional del municipio de Tielmes con mayores necesidades y que,
tradicionalmente, está más alejado de la práctica deportiva: la tercera edad.
La actividad estará orientada a toda la población de más de sesenta y cinco años empadronada en el municipio de Tielmes, y consistirá en dos sesiones semanales de actividad
física para mayores.
El objetivo es tratar de mejorar sus vidas a través de la práctica deportiva de calidad,
de forma periódica y con una metodología adaptada a sus necesidades y capacidades.
El Proyecto se realizará entre los meses de octubre de 2024 y junio de 2025, adaptándose así al calendario municipal de actividades deportivas.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 2.671,20 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 90,00 por 100 del total del
coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 2.968 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente
convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no
cuente con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
b) Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo del Proyecto, condicionado a la disponibilidad del uso de
dichas instalaciones en cada momento.
c) Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
BOCM-20241002-39
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Pág. 220
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 235
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Tielmes (en adelante, el Ayuntamiento) para
el desarrollo del Proyecto “Tielmes en forma 2024/2025” (en adelante, el Proyecto) como
acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las
condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería
de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX Edición de dicho programa.
El Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Tielmes en forma 2024/2025”.
Se trata de un Proyecto consolidado en la oferta deportiva del municipio, con seis años
de experiencia, que el Ayuntamiento de Tielmes considera imprescindible mantener.
Se propone ofrecer un servicio deportivo para llevar una vida sana e incluir rutinas saludables en el grupo poblacional del municipio de Tielmes con mayores necesidades y que,
tradicionalmente, está más alejado de la práctica deportiva: la tercera edad.
La actividad estará orientada a toda la población de más de sesenta y cinco años empadronada en el municipio de Tielmes, y consistirá en dos sesiones semanales de actividad
física para mayores.
El objetivo es tratar de mejorar sus vidas a través de la práctica deportiva de calidad,
de forma periódica y con una metodología adaptada a sus necesidades y capacidades.
El Proyecto se realizará entre los meses de octubre de 2024 y junio de 2025, adaptándose así al calendario municipal de actividades deportivas.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 2.671,20 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 90,00 por 100 del total del
coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 2.968 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente
convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no
cuente con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
b) Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo del Proyecto, condicionado a la disponibilidad del uso de
dichas instalaciones en cada momento.
c) Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
BOCM-20241002-39
Obligaciones de la Comunidad de Madrid