B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241002-6)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, se publica la relación definitiva de personas aspirantes excluidas en el citado proceso, y se anuncia la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 235

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE OCTUBRE DE 2024

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Segundo
Publicar, como Anexo a esta Resolución, la relación definitiva de personas aspirantes
excluidas en el referido proceso selectivo.
Tercero
La inclusión en la relación definitiva de personas admitidas a las expresadas pruebas
no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de la Administración de que las mismas reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la Orden de convocatoria. La
acreditación y verificación de éstos tendrá lugar para aquellas personas que superen el reseñado proceso selectivo, tal y como se establece en el apartado segundo de la base novena de la Orden 522/2021, de 22 de octubre.
Cuarto
Convocar a las personas aspirantes admitidas para la realización del primer ejercicio
de la fase de oposición, que se celebrará, según lo acordado por el Tribunal Calificador de
las citadas pruebas, el día 19 de octubre de 2024, a las 12:00 horas, en la Facultad de Ciencias de la Información (Edificio Principal), de la Universidad Complutense de Madrid, sita
en la Avenida Complutense, número 3 (28040 Madrid), y que se desarrollará conforme a lo
determinado en el apartado primero, punto 1.2.1, de la base séptima de la ya reiterada Orden 522/2021, de 22 de octubre.
El llamamiento será único para todas las personas participantes admitidas, siendo excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan a aquel, salvo en los casos alegados
y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor acaecidos el día de su celebración, debiendo el especificado Tribunal adoptar resolución motivada a tal efecto.
Quinto
No se permitirá el acceso al examen a las personas aspirantes que no figuren en la relación definitiva de admitidas a las señaladas pruebas selectivas, que es objeto de aprobación mediante la presente Resolución.
Asimismo, las personas admitidas habrán de presentar, inexcusablemente, el original
de su documento nacional de identidad, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos
válidos para acreditar su identidad. No se permitirá el acceso al examen a las que no presenten alguno de los anteriores documentos originales, salvo en los casos en que concurran
provistas de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto,
la corrección del ejercicio realizado por la persona aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Órgano de Selección.
Durante el desarrollo del ejercicio no se permitirá la utilización de ningún dispositivo
electrónico, como ordenador portátil, tablet, reloj inteligente o teléfono móvil.
Igualmente, para la realización del ejercicio, las personas participantes deberán ir provistas de bolígrafo azul o negro.
Sexto
Se hará pública, a través de los medios expuestos en el apartado primero de esta Resolución, la relación de aspirantes que han solicitado adaptación para la realización del aludido primer ejercicio de la fase de oposición, con indicación de la concesión o denegación de
la misma, sin perjuicio de que, en este último caso, se proceda a la notificación individualizada de las causas de denegación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BOCM-20241002-6

Séptimo