D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240930-46)
Convenio –  Convenio de 3 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo, para el desarrollo del “Proyecto punto activo para personas mayores. IX edición” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 233

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024

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grama 336A, con el fin de suscribir los convenios necesarios para la promoción del deporte, entre otros, en los municipios de la región.
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del “Proyecto Punto Activo para Personas Mayores IX
Edición” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023,
de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el
Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la
que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Proyecto punto activo para personas mayores IX edición”.
Se trata de un programa de iniciación o continuación a la práctica de ejercicio saludable para personas adultas, especialmente sedentarias.
Se plantea contribuir a aumentar el índice de práctica de ejercicio saludable a nivel comunitario a las dosis mínimas recomendadas por la Organización Mundial de la Salud, enseñando y sensibilizando sobre los beneficios del ejercicio físico a personas sedentarias
adultas y mayores, y promover un estilo de vida más activo y saludable, generando grupos
autónomos para realizar la actividad, o bien accediendo a otras actividades que ofrezca el
ayuntamiento o los operadores privados de su entorno.
Estos usuarios ya autosuficientes, tendrán en todo caso la posibilidad de consultar con
el monitor de cada Punto, al que podrán acudir ante cualquier duda o cuestión.
Se plantean actividades variadas de tonificación y movilidad, utilizando elementos saludables y del entorno. Se intercalarán jornadas de prueba del catálogo de actividades deportivas de la oferta municipal, para que se produzca el acercamiento y conocimiento de estas, y la ruptura de tabúes sobre su práctica.
Se formarán tres grupos de actividad, que llevarán a cabo dos sesiones semanales de
una hora cada una, durante la duración del proyecto.
Por otro lado, se harán dos salidas, una a la Sierra de Madrid, y la otra, por la Vía verde del Tajuña.
El desarrollo del proyecto se hará entre octubre de 2024 y junio de 2025.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 5.480,80 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 60,29 % del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 9.091,00 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educati-

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Obligaciones de la Comunidad de Madrid