D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240928-7)
Convenio – Convenio de 4 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Chinchón, para el desarrollo del Proyecto “Punto Activo: Chinchón se mueve”, en el marco de la IX Edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 49
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes.
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Chinchón (en adelante, el Ayuntamiento) para el
desarrollo del Proyecto “Punto Activo: Chinchón se mueve” (en adelante, el Proyecto) como
acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las
condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura
Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Punto Activo: Chinchón se mueve”.
Se trata de fomentar la práctica de actividad física desde el Centro Sanitario del municipio, en colaboración con los servicios deportivos municipales, para promover la participación de los vecinos con más incidencia de sedentarismo o inactividad física, y con el objetivo último de mejorar la salud de la población.
La propuesta persigue normalizar un proceso de motivación y acceso a la práctica de actividad física en personas sedentarias o inactivas. Es decir, es una herramienta para facilitar el
cambio de comportamiento del usuario, y no, una medicalización de la actividad física.
Desde el Centro de Salud de la localidad se derivará a personas sedentarias o inactivas
a los servicios deportivos municipales, donde el Promotor del ejercicio físico aplicará un
proceso de asesoramiento técnico personalizado e indicará las herramientas de intervención
que considere oportunas en función de cada usuario.
En este proyecto se incluye como herramienta de intervención específica normalizada,
un Punto Activo de ejercicio físico, que abarcará a su vez tres subprogramas:
— Mayores Activos Chinchón. Esta actividad estará orientada a la práctica de ejercicio saludable para mayores de 55 años, formando dos grupos para la misma.
— Hombres Activos. Programa específico para hombres mayores de 55 años.
— WAP Chinchón. Es un conjunto de actividades encaminadas a fomentar la actividad física y concienciar sobre sus beneficios.
Como objetivo general del proyecto, se plantea mejorar la calidad de vida y bienestar
de la población del municipio de Chinchón a través de la integración de la práctica de actividad física y ejercicio físico en sus estilos de vida.
El proyecto se desarrollará entre octubre de 2024 y junio de 2025.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 6.048,45 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 90,00% del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 6.720,50 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
BOCM-20240928-7
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 49
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes.
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Chinchón (en adelante, el Ayuntamiento) para el
desarrollo del Proyecto “Punto Activo: Chinchón se mueve” (en adelante, el Proyecto) como
acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las
condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura
Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Punto Activo: Chinchón se mueve”.
Se trata de fomentar la práctica de actividad física desde el Centro Sanitario del municipio, en colaboración con los servicios deportivos municipales, para promover la participación de los vecinos con más incidencia de sedentarismo o inactividad física, y con el objetivo último de mejorar la salud de la población.
La propuesta persigue normalizar un proceso de motivación y acceso a la práctica de actividad física en personas sedentarias o inactivas. Es decir, es una herramienta para facilitar el
cambio de comportamiento del usuario, y no, una medicalización de la actividad física.
Desde el Centro de Salud de la localidad se derivará a personas sedentarias o inactivas
a los servicios deportivos municipales, donde el Promotor del ejercicio físico aplicará un
proceso de asesoramiento técnico personalizado e indicará las herramientas de intervención
que considere oportunas en función de cada usuario.
En este proyecto se incluye como herramienta de intervención específica normalizada,
un Punto Activo de ejercicio físico, que abarcará a su vez tres subprogramas:
— Mayores Activos Chinchón. Esta actividad estará orientada a la práctica de ejercicio saludable para mayores de 55 años, formando dos grupos para la misma.
— Hombres Activos. Programa específico para hombres mayores de 55 años.
— WAP Chinchón. Es un conjunto de actividades encaminadas a fomentar la actividad física y concienciar sobre sus beneficios.
Como objetivo general del proyecto, se plantea mejorar la calidad de vida y bienestar
de la población del municipio de Chinchón a través de la integración de la práctica de actividad física y ejercicio físico en sus estilos de vida.
El proyecto se desarrollará entre octubre de 2024 y junio de 2025.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 6.048,45 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 90,00% del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 6.720,50 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
BOCM-20240928-7
Obligaciones de la Comunidad de Madrid