D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240928-6)
Convenio – Convenio de 4 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Cenicientos, para el desarrollo del Proyecto “Punto Activo de Cenicientos y Talleres de Iniciación Ejercicio Físico” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
Pág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 232
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Cenicientos (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Punto Activo de Cenicientos y Talleres de Iniciación al ejercicio físico”
(en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física
entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo,
de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de
dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Punto Activo de Cenicientos y Talleres de Iniciación Ejercicio Físico”.
Se trata de fomentar la práctica de actividad física desde el Consultorio Local del municipio, en colaboración con los servicios deportivos municipales, para promover la participación de los vecinos con más incidencia de sedentarismo o inactividad física, y con el
objetivo último de mejorar la salud de la población.
La propuesta persigue normalizar un proceso de motivación y acceso a la práctica de
actividad física en personas sedentarias o inactivas. Es una herramienta para facilitar el
cambio de comportamiento del usuario, y no, una medicalización de la actividad física.
La duración estará comprendida entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de junio de 2025.
El proyecto incluirá las siguientes actividades:
— Pilates, con dos sesiones semanales de una hora.
— Movilidad Psicomotriz y Gimnasia, que al igual que la anterior, tendrá una frecuencia semanal de dos sesiones.
— Pádel: en esta actividad se incluirán dos niveles, iniciación y avanzado: en el primer nivel, los participantes realizarán dos sesiones semanales, mientras que en el
grupo avanzado se propondrá una sesión más a la semana.
— Ciclo indoor.
Se van a realizar cuatro charlas en el curso, de una hora de duración, en meses alternos, las mañanas de los sábados, para informar y concienciar a la población, sobre nutrición
y psicología del deporte.
Además, se va a desarrollar cada dos meses, una “jornada abierta anti-sedentarismo”,
que ofrecerá actividades para el público en general y familias, tutorizadas por monitores
que harán hincapié en la iniciación de prácticas deportivas tales como: introducción a la defensa personal y deportes de contacto, tecnificación de pádel, juego de petanca, ejercicios
saludables de espalda sana y suelo pélvico, baile, yoga, etc.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 9.188,40 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 56,89% del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 16.150 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
BOCM-20240928-6
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Pág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 232
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Cenicientos (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Punto Activo de Cenicientos y Talleres de Iniciación al ejercicio físico”
(en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física
entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo,
de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de
dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Punto Activo de Cenicientos y Talleres de Iniciación Ejercicio Físico”.
Se trata de fomentar la práctica de actividad física desde el Consultorio Local del municipio, en colaboración con los servicios deportivos municipales, para promover la participación de los vecinos con más incidencia de sedentarismo o inactividad física, y con el
objetivo último de mejorar la salud de la población.
La propuesta persigue normalizar un proceso de motivación y acceso a la práctica de
actividad física en personas sedentarias o inactivas. Es una herramienta para facilitar el
cambio de comportamiento del usuario, y no, una medicalización de la actividad física.
La duración estará comprendida entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de junio de 2025.
El proyecto incluirá las siguientes actividades:
— Pilates, con dos sesiones semanales de una hora.
— Movilidad Psicomotriz y Gimnasia, que al igual que la anterior, tendrá una frecuencia semanal de dos sesiones.
— Pádel: en esta actividad se incluirán dos niveles, iniciación y avanzado: en el primer nivel, los participantes realizarán dos sesiones semanales, mientras que en el
grupo avanzado se propondrá una sesión más a la semana.
— Ciclo indoor.
Se van a realizar cuatro charlas en el curso, de una hora de duración, en meses alternos, las mañanas de los sábados, para informar y concienciar a la población, sobre nutrición
y psicología del deporte.
Además, se va a desarrollar cada dos meses, una “jornada abierta anti-sedentarismo”,
que ofrecerá actividades para el público en general y familias, tutorizadas por monitores
que harán hincapié en la iniciación de prácticas deportivas tales como: introducción a la defensa personal y deportes de contacto, tecnificación de pádel, juego de petanca, ejercicios
saludables de espalda sana y suelo pélvico, baile, yoga, etc.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 9.188,40 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 56,89% del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 16.150 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
BOCM-20240928-6
Obligaciones de la Comunidad de Madrid