D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240928-5)
Convenio – Convenio de 3 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, para el desarrollo de los proyectos “Prescripción de actividad y ejercicio físico del Ayuntamiento de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias” y “¡Actívate! Promoviendo la Salud y el Deporte en la Infancia”, en el marco de la IX Edición del Programa de Colaboración Institucional en Proyectos de Actividad Física y Salud
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 36
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 232
Las actividades estarán diseñadas y adaptadas a los menores de edad, preferentemente entre seis y doce años, residentes en el municipio de Lozoyuela-Navas Sieteiglesias, aunque también incluiremos actividades deportivas con los mayores, que enseñarán los juegos
tradicionales a sus menores, preservando la tradición rural de nuestros pueblos serranos.
Las actividades se llevarán a cabo en las instalaciones deportivas municipales, parques
deportivos y espacios al aire libre.
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo de los proyectos, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 17.425,41 euros, correspondiendo la cantidad de 11.733,40 euros al Proyecto “Prescripción de Actividad y
Ejercicio Físico del Ayto. de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias” y la cantidad
de 5.692,01 euros al Proyecto “¡Actívate! Promoviendo la Salud y el Deporte en
la Infancia”; todo ello de acuerdo con la evaluación de los proyectos, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la orden de convocatoria. Esta aportación
constituye el 64,22 % del total del coste ajustado del Proyecto “Prescripción de
Actividad y Ejercicio Físico del Ayto. de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias”, cuya
estimación asciende a 18.270 euros y el 90,00 % del total del coste ajustado del
proyecto “¡Actívate! Promoviendo la Salud y el Deporte en la Infancia”, cuya estimación asciende a 6.324,45 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste
de las actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del
ajuste que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la
aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el período previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
b) Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los Proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
c) Difundir y promocionar a nivel autonómico los Proyectos.
d) Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
e) Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo de los Proyectos.
Tercera
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, el Ayuntamiento se obliga a: .
a) Ejecutar los Proyectos en el término municipal, durante el período de tiempo comprendido entre los meses de octubre de 2024 a junio de 2025, y conforme a la planificación y temporalización presentada.
b) Designar un responsable de los Proyectos y comunicar sus datos a la Dirección
General de Deportes.
c) Asumir la gestión administrativa y la responsabilidad de los Proyectos.
d) Asumir la gestión técnica y la coordinación de recursos.
BOCM-20240928-5
Obligaciones del Ayuntamiento
Pág. 36
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 232
Las actividades estarán diseñadas y adaptadas a los menores de edad, preferentemente entre seis y doce años, residentes en el municipio de Lozoyuela-Navas Sieteiglesias, aunque también incluiremos actividades deportivas con los mayores, que enseñarán los juegos
tradicionales a sus menores, preservando la tradición rural de nuestros pueblos serranos.
Las actividades se llevarán a cabo en las instalaciones deportivas municipales, parques
deportivos y espacios al aire libre.
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo de los proyectos, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 17.425,41 euros, correspondiendo la cantidad de 11.733,40 euros al Proyecto “Prescripción de Actividad y
Ejercicio Físico del Ayto. de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias” y la cantidad
de 5.692,01 euros al Proyecto “¡Actívate! Promoviendo la Salud y el Deporte en
la Infancia”; todo ello de acuerdo con la evaluación de los proyectos, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la orden de convocatoria. Esta aportación
constituye el 64,22 % del total del coste ajustado del Proyecto “Prescripción de
Actividad y Ejercicio Físico del Ayto. de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias”, cuya
estimación asciende a 18.270 euros y el 90,00 % del total del coste ajustado del
proyecto “¡Actívate! Promoviendo la Salud y el Deporte en la Infancia”, cuya estimación asciende a 6.324,45 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste
de las actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del
ajuste que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la
aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el período previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
b) Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los Proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
c) Difundir y promocionar a nivel autonómico los Proyectos.
d) Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
e) Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo de los Proyectos.
Tercera
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, el Ayuntamiento se obliga a: .
a) Ejecutar los Proyectos en el término municipal, durante el período de tiempo comprendido entre los meses de octubre de 2024 a junio de 2025, y conforme a la planificación y temporalización presentada.
b) Designar un responsable de los Proyectos y comunicar sus datos a la Dirección
General de Deportes.
c) Asumir la gestión administrativa y la responsabilidad de los Proyectos.
d) Asumir la gestión técnica y la coordinación de recursos.
BOCM-20240928-5
Obligaciones del Ayuntamiento