D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240928-2)
Convenio –  Convenio de 3 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Brunete, para el desarrollo del Proyecto “Salud + Activa Brunete con Taller de Iniciación” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 232

grama 336A, con el fin de suscribir los convenios necesarios para la promoción del deporte, entre otros, en los municipios de la región.
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Brunete (en adelante, el Ayuntamiento) para
el desarrollo del Proyecto “Salud + Activa Brunete con Taller de Iniciación” (en adelante,
el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la
Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración
institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de
dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Salud + Activa Brunete con Taller de Iniciación”.
Se trata de fomentar la práctica de actividad física desde el Consultorio local del municipio, en colaboración con los servicios municipales de ejercicio físico, para promover la
participación de los vecinos con más incidencia de sedentarismo o inactividad física, y con
el objetivo último de mejorar la salud de la población.
La propuesta persigue normalizar un proceso de motivación y acceso a la práctica de actividad física en personas sedentarias o inactivas. Es decir, es una herramienta para facilitar el
cambio de comportamiento del usuario, y no, una medicalización de la actividad Física.
Desde el Centro sanitario de la localidad se derivará a personas sedentarias o inactivas
a los servicios deportivos municipales, donde el Promotor del Ejercicio Físico aplicará un
proceso de asesoramiento técnico personalizado, e indicará las herramientas de intervención que considere oportunas en función de cada usuario.
En este proyecto se incluye como herramienta de intervención específica normalizada,
dos Talleres de Iniciación al ejercicio físico. Se incorporarán nuevas Rutas Saludables por
el municipio al catálogo actual, se abrirá el catálogo a Rutas Saludables en bicicleta, y se
incrementarán las “líneas” del metro-minuto de Brunete.
Como objetivo general del proyecto se plantea mejorar la calidad de vida y bienestar
de la población del municipio de Brunete, a través de la integración de la práctica de actividad física y ejercicio físico en sus estilos de vida.
La ejecución del mismo se plantea para el período comprendido entre el 1 de octubre
de 2024 y el 30 de junio de 2025.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 6.085,41 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 90,00 % del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 6.761,57 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.

BOCM-20240928-2

Obligaciones de la Comunidad de Madrid