Mancomunidad de Servicios de Urgencias y Rescate del Este de Madrid (BOCM-20240927-80)
Organización y funcionamiento. Estatutos Mancomunidad
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 231
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 295
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
80
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DE URGENCIAS
Y RESCATE DEL ESTE DE MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240927-80
Incoado expediente para la modificación del artículo 9.o de los Estatutos que rigen la
misma, mediante acuerdo aprobado inicialmente, adoptado por unanimidad de los presentes, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de septiembre de 2024 por la Junta de la Mancomunidad, en los siguientes términos:
Artículo 9. Del Secretario-Interventor y del Tesorero.—Las funciones reservadas de
Secretaría-Intervención-Tesorería se ejercerán por funcionarios de Administración Local
con habilitación de carácter nacional, de alguno de los municipios que integran la Mancomunidad, que podrá ser en régimen rotativo con la periodicidad que apruebe el Pleno de la
Mancomunidad.
Para ello deberá tramitarse previamente el correspondiente expediente de exención de
la obligación de mantener puestos propios reservados a Habilitados de Carácter Nacional
ante la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo.
La responsabilidad administrativa de las funciones de contabilidad y recaudación podrá ser atribuida a personal funcionario de alguno de los municipios que integran la Mancomunidad, mediante la firma de un convenio de encomienda de gestión, de forma transitoria, en las condiciones previstas en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, para que se realicen las actuaciones técnicas y se emitan los informes requeridos para la tramitación de procedimientos administrativos en el desarrollo de la actividad de la Mancomunidad.
Se somete a información pública por término de un mes desde la inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Además, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta Mancomunidad.
En Campo Real, a 13 de septiembre de 2024.—El presidente, Mariano Alonso Rubio.
(03/15.015/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 231
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 295
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
80
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DE URGENCIAS
Y RESCATE DEL ESTE DE MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240927-80
Incoado expediente para la modificación del artículo 9.o de los Estatutos que rigen la
misma, mediante acuerdo aprobado inicialmente, adoptado por unanimidad de los presentes, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de septiembre de 2024 por la Junta de la Mancomunidad, en los siguientes términos:
Artículo 9. Del Secretario-Interventor y del Tesorero.—Las funciones reservadas de
Secretaría-Intervención-Tesorería se ejercerán por funcionarios de Administración Local
con habilitación de carácter nacional, de alguno de los municipios que integran la Mancomunidad, que podrá ser en régimen rotativo con la periodicidad que apruebe el Pleno de la
Mancomunidad.
Para ello deberá tramitarse previamente el correspondiente expediente de exención de
la obligación de mantener puestos propios reservados a Habilitados de Carácter Nacional
ante la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo.
La responsabilidad administrativa de las funciones de contabilidad y recaudación podrá ser atribuida a personal funcionario de alguno de los municipios que integran la Mancomunidad, mediante la firma de un convenio de encomienda de gestión, de forma transitoria, en las condiciones previstas en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, para que se realicen las actuaciones técnicas y se emitan los informes requeridos para la tramitación de procedimientos administrativos en el desarrollo de la actividad de la Mancomunidad.
Se somete a información pública por término de un mes desde la inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Además, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta Mancomunidad.
En Campo Real, a 13 de septiembre de 2024.—El presidente, Mariano Alonso Rubio.
(03/15.015/24)
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ISSN 1989-4791