C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240927-17)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 117/2024, de la Consejería de Digitalización, por la que se amplía el Programa de Bonos Digitales para colectivos vulnerables aprobado por la Orden 90/2023, de 9 de marzo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de bonos digitales para colectivos económicamente vulnerables (C15.I3) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU (Programa Único-Bono Social), en la Comunidad de Madrid, y se procede a la convocatoria de bonos digitales para el año 2024
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 231
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 105
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Digitalización
17
EXTRACTO de la Orden 117/2024, de la Consejería de Digitalización, por la
que se amplía el Programa de Bonos Digitales para colectivos vulnerables aprobado por la Orden 90/2023, de 9 de marzo, de la Consejería de Administración
Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de bonos digitales para colectivos económicamente vulnerables (C15.I3) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU (Programa
Único-Bono Social), en la Comunidad de Madrid, y se procede a la convocatoria de bonos digitales para el año 2024.
BDNS: 785324
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones:
( http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid: ( https://www.comunidad.madrid/ ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios las personas físicas residentes en la Comunidad de Madrid que
pertenezcan a un colectivo vulnerable. A los efectos, se entenderá que una persona pertenece a un colectivo vulnerable cuando se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
a) Los perceptores de la Renta Mínima de Inserción (RMI).
b) Los perceptores de Pensión No Contributiva (PNC).
c) Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
d) Los perceptores de la prestación por protección familiar.
e) Los perceptores de la prestación ayuda emergencia social.
f) Los perceptores del subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
g) Los perceptores del subsidio de garantía de ingresos mínimos de Integración
Social de Minusválidos.
Aquellas personas que, en el marco de la convocatoria de bonos digitales aprobada por
Orden 90/2023, se les concedió el bono digital y contrataron el servicio con el operador correspondiente, no podrán volver a ser beneficiarias de un nuevo bono.
Segundo
Objeto
Tercero
Bases reguladoras
Orden 117/2024, de la Consejería de Digitalización, por la que se amplía el Programa
de Bonos Digitales para colectivos vulnerables aprobado por la Orden 90/2023, de 9 de
marzo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban
las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de bonos digitales para colectivos eco-
BOCM-20240927-17
Regular la concesión, mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, de
subvenciones destinadas a la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha
o el mantenimiento de los ya contratados desde una ubicación fija con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente en condiciones de máxima demanda con
la tecnología más adecuada en cada caso para personas o unidades familiares identificadas
como vulnerables.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 231
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 105
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Digitalización
17
EXTRACTO de la Orden 117/2024, de la Consejería de Digitalización, por la
que se amplía el Programa de Bonos Digitales para colectivos vulnerables aprobado por la Orden 90/2023, de 9 de marzo, de la Consejería de Administración
Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de bonos digitales para colectivos económicamente vulnerables (C15.I3) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU (Programa
Único-Bono Social), en la Comunidad de Madrid, y se procede a la convocatoria de bonos digitales para el año 2024.
BDNS: 785324
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones:
( http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid: ( https://www.comunidad.madrid/ ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios las personas físicas residentes en la Comunidad de Madrid que
pertenezcan a un colectivo vulnerable. A los efectos, se entenderá que una persona pertenece a un colectivo vulnerable cuando se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
a) Los perceptores de la Renta Mínima de Inserción (RMI).
b) Los perceptores de Pensión No Contributiva (PNC).
c) Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
d) Los perceptores de la prestación por protección familiar.
e) Los perceptores de la prestación ayuda emergencia social.
f) Los perceptores del subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
g) Los perceptores del subsidio de garantía de ingresos mínimos de Integración
Social de Minusválidos.
Aquellas personas que, en el marco de la convocatoria de bonos digitales aprobada por
Orden 90/2023, se les concedió el bono digital y contrataron el servicio con el operador correspondiente, no podrán volver a ser beneficiarias de un nuevo bono.
Segundo
Objeto
Tercero
Bases reguladoras
Orden 117/2024, de la Consejería de Digitalización, por la que se amplía el Programa
de Bonos Digitales para colectivos vulnerables aprobado por la Orden 90/2023, de 9 de
marzo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban
las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de bonos digitales para colectivos eco-
BOCM-20240927-17
Regular la concesión, mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, de
subvenciones destinadas a la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha
o el mantenimiento de los ya contratados desde una ubicación fija con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente en condiciones de máxima demanda con
la tecnología más adecuada en cada caso para personas o unidades familiares identificadas
como vulnerables.