D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240927-38)
Convenio –  Convenio de 3 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Ambite, para el desarrollo del Proyecto “Senderismo y Deporte en Ambite”, en el marco de la IX Edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 231

CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Ambite (en adelante, el Ayuntamiento) para
el desarrollo del proyecto “Senderismo y Deporte en Ambite” (en adelante, el Proyecto)
como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según
las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en
proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Senderismo y Deporte en Ambite”
Este proyecto, pretende dar continuidad a los logros de proyectos de años anteriores,
con el fin de seguir con la promoción de la actividad física y el conocimiento del entorno
por parte de los jóvenes y mayores de nuestro municipio.
Se trata de un proyecto que persigue generar motivación para la iniciación de la práctica de ejercicio saludable, tanto para jóvenes y adolescentes, como para personas de la tercera edad, especialmente sedentarias.
El proyecto se va a llevar a cabo entre octubre de 2024 y junio de 2025, de forma que
el punto activo va a incluir tres actividades periódicas:
— “El Gimnasio cerca de ti”, con una frecuencia semanal de dos sesiones de dos horas cada una, y que estará dirigida a todas aquellas personas que deseen hacer ejercicio variado desde los 13 años.
— “Senderismo Accesible”, con una frecuencia de dos sesiones semanales de una
hora y media, y enfocada para personas que no tengan un nivel de condición física muy alto, de forma que se incluyen rutas sencillas de poco desnivel.
— “Senderismo Activo”, que se llevará a cabo los domingos por la mañana en sesiones de 3 horas, en las que dará a conocer el entorno próximo a nuestra localidad,
y se tratará de concienciar en el respeto a la naturaleza.
Además, se van a realizar tres sesiones de un taller denominado “Iniciación al diseño
de rutas”, en el que, a los participantes se les va a acercar al conocimiento y empleo de instrumentos a utilizar en diferentes actividades en el medio natural, y un Taller de “Hábitos
saludables” en el que se tratarán temas como la alimentación saludable, el descanso, o el estado emocional de una persona.
Continuamos así, con el programa “Recorre andando nuestros espacios naturales”, donde
seguiremos apostando por la continuidad del grupo de personas que ya cada semana realizan
su ruta, socializan y crean vínculos saludables en un entorno seguro. Seguimos con el propósito de que la práctica se vuelva habitual y se incorpore a la rutina diaria de cada individuo.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 9.027,20 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 67,77 por 100 del total del
coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 13.320,57 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 «Promoción económica, cultural y educati-

BOCM-20240927-38

Obligaciones de la Comunidad de Madrid