C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240927-14)
Bases subvenciones – Orden 116/2024, de 12 de septiembre, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica la Orden 89/2023, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid, y la nueva convocatoria para la presentación de solicitudes, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 231
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 89
ANEXO VII
CONTENIDO DE LA MEMORIA DEL PROYECTO
La memoria del proyecto que ha de incluirse con la solicitud tendrá la estructura y, al menos, el
contenido mínimo que se recoge en los apartados siguientes. Dicho contenido podrá ser ampliado,
a través de anexos debidamente referenciados, con toda aquella información adicional que se
considere relevante.
1. Título
Se deberá poner un título breve (longitud no superior a 180 caracteres)
2. Descripción general del proyecto (máximo 2 páginas)
Se incluirá una descripción de alto nivel del proyecto, a modo de resumen ejecutivo.
3. Delimitación geográfica y caracterización de la actuación
Se describirá la localización de las actuaciones y se incluirá un plano con los principales elementos del proyecto, incluyendo el trazado de la red desplegada.
4. Descripción técnica del proyecto
La descripción técnica incluirá:
x
La solución tecnológica elegida, la descripción y topología de la red o redes desplegadas.
A tal efecto se incluirán diagramas de bloques debidamente explicados que faciliten su
comprensión, así como la motivación de su elección, argumentándola frente al resto de
posibilidades técnicas, y adecuación a la zona de actuación.
x
Valoración de la sostenibilidad de la solución elegida en base a su escalabilidad para
adaptarse a las previsibles variaciones de necesidades.
5. Presupuesto detallado
Se facilitará el presupuesto detallado, por conceptos subvencionables, de acuerdo con lo prescrito
en el articulado de esta convocatoria. Dentro de cada concepto se incluirán las diferentes partidas
(denominación, coste unitario y número de unidades).
Sólo se deberán reflejar en este presupuesto aquellos gastos que sean elegibles, tanto por su
naturaleza, como por el plazo de realización, que va desde la fecha de presentación de la solicitud
hasta el 31 de diciembre de 2024. En el caso de las enmarcadas en el régimen transitorio retroactivo, el plazo de legibilidad se inicia el 18 de noviembre de 2021.
Como costes directos de personal se podrán calcular a un tipo fijo de hasta el 20 por ciento de lo
presupuestado en Infraestructuras y obra civil y en equipamiento y otros materiales. Asimismo,
como costes indirectos se podrán calcular a un tipo fijo de hasta el 15 por ciento de los costes
directos de personal subvencionables. En ambos casos no se requiere justificación si el porcentaje
aplicado no supera los costes asociados a dichos conceptos que sean considerados y contabilizados como inversión por el beneficiario. Además, en relación con los costes indirectos considerados
y contabilizados como inversión por el beneficiario solo se incluirán los asociados a los conceptos
subvencionados.
Se deberá incluir dentro de este apartado, el método y estimaciones llevadas a cabo que justifican
la adecuación a la realidad de los porcentajes definidos para las partidas de costes directos de
personal y costes indirectos que se incluyen en el presupuesto.
Con respecto al plan de despliegue de las infraestructuras o de ejecución del proyecto, se incluirá
la siguiente información:
x
Descripción y delimitación de las fases y principales actividades a realizar, tales como: obtención de permisos y licencias, realización de obra civil, adquisición de materiales y su instalación. La delimitación de cada fase y actividad incluirá la cuantificación de las unidades
de obra asociadas y de otros recursos necesarios.
BOCM-20240927-14
6. Plan de despliegue
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 231
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 89
ANEXO VII
CONTENIDO DE LA MEMORIA DEL PROYECTO
La memoria del proyecto que ha de incluirse con la solicitud tendrá la estructura y, al menos, el
contenido mínimo que se recoge en los apartados siguientes. Dicho contenido podrá ser ampliado,
a través de anexos debidamente referenciados, con toda aquella información adicional que se
considere relevante.
1. Título
Se deberá poner un título breve (longitud no superior a 180 caracteres)
2. Descripción general del proyecto (máximo 2 páginas)
Se incluirá una descripción de alto nivel del proyecto, a modo de resumen ejecutivo.
3. Delimitación geográfica y caracterización de la actuación
Se describirá la localización de las actuaciones y se incluirá un plano con los principales elementos del proyecto, incluyendo el trazado de la red desplegada.
4. Descripción técnica del proyecto
La descripción técnica incluirá:
x
La solución tecnológica elegida, la descripción y topología de la red o redes desplegadas.
A tal efecto se incluirán diagramas de bloques debidamente explicados que faciliten su
comprensión, así como la motivación de su elección, argumentándola frente al resto de
posibilidades técnicas, y adecuación a la zona de actuación.
x
Valoración de la sostenibilidad de la solución elegida en base a su escalabilidad para
adaptarse a las previsibles variaciones de necesidades.
5. Presupuesto detallado
Se facilitará el presupuesto detallado, por conceptos subvencionables, de acuerdo con lo prescrito
en el articulado de esta convocatoria. Dentro de cada concepto se incluirán las diferentes partidas
(denominación, coste unitario y número de unidades).
Sólo se deberán reflejar en este presupuesto aquellos gastos que sean elegibles, tanto por su
naturaleza, como por el plazo de realización, que va desde la fecha de presentación de la solicitud
hasta el 31 de diciembre de 2024. En el caso de las enmarcadas en el régimen transitorio retroactivo, el plazo de legibilidad se inicia el 18 de noviembre de 2021.
Como costes directos de personal se podrán calcular a un tipo fijo de hasta el 20 por ciento de lo
presupuestado en Infraestructuras y obra civil y en equipamiento y otros materiales. Asimismo,
como costes indirectos se podrán calcular a un tipo fijo de hasta el 15 por ciento de los costes
directos de personal subvencionables. En ambos casos no se requiere justificación si el porcentaje
aplicado no supera los costes asociados a dichos conceptos que sean considerados y contabilizados como inversión por el beneficiario. Además, en relación con los costes indirectos considerados
y contabilizados como inversión por el beneficiario solo se incluirán los asociados a los conceptos
subvencionados.
Se deberá incluir dentro de este apartado, el método y estimaciones llevadas a cabo que justifican
la adecuación a la realidad de los porcentajes definidos para las partidas de costes directos de
personal y costes indirectos que se incluyen en el presupuesto.
Con respecto al plan de despliegue de las infraestructuras o de ejecución del proyecto, se incluirá
la siguiente información:
x
Descripción y delimitación de las fases y principales actividades a realizar, tales como: obtención de permisos y licencias, realización de obra civil, adquisición de materiales y su instalación. La delimitación de cada fase y actividad incluirá la cuantificación de las unidades
de obra asociadas y de otros recursos necesarios.
BOCM-20240927-14
6. Plan de despliegue