Villalbilla (BOCM-20240925-65)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 229
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 323
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65
VILLALBILLA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Se pone en su conocimiento que por la Alcaldía-Presidencia con fecha 13 de septiembre de 2024, se dictó el decreto número 2024, que transcribo a continuación:
“Decreto de Alcaldía
BOCM-20240925-65
Considerando que tengo que ausentarme por razones médicas en la sesión de la Junta
de Gobierno Local y el Pleno municipal de fecha 13 de septiembre de 2024.
Atendido que los tenientes de alcalde son órganos de carácter necesario, nombrados y
cesados libremente por el alcalde de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local,
cuya misión consiste en sustituir al alcalde en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, con independencia de las funciones que, por delegación del alcalde, tenga encomendadas.
De conformidad con lo establecido en los artículos 20, 21 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local; los artículos 44 y 48
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y el artículo 15 del Reglamento Orgánico Municipal.
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el artículo 21.1
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; y visto que el
Sr. alcalde-presidente delegó mediante decreto número 2023-0591, de fecha 17 de junio, en
la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.
Considerando que el Sr. alcalde-presidente puede avocar esa atribución, se resuelve la
avocación de la competencia mediante el presente decreto en virtud de lo dispuesto en el
artículo 116 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre ROF, en relación con el artículo 14 de
la LRJ PAC, resolución.
Primero.—Delegar las funciones de Alcaldía-Presidencia en la Junta de Gobierno Local y en el Pleno que se celebrarán el 13 de septiembre de 2024 a las 18:00 y 19:00 horas,
respectivamente, al primer teniente de alcalde: D. José Luis Luque Lorente.
Segundo.—Publicar el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a efectos legales oportunos.
Tercero.—Notifíquese la presente resolución al teniente de alcalde del Ayuntamiento
de Villalbilla”.
En Villalbilla, a 13 de septiembre de 2024.—El secretario general del Ayuntamiento
de Villalbilla, Alfredo Carrero Santamaría.
(03/14.821/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65
VILLALBILLA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Se pone en su conocimiento que por la Alcaldía-Presidencia con fecha 13 de septiembre de 2024, se dictó el decreto número 2024, que transcribo a continuación:
“Decreto de Alcaldía
BOCM-20240925-65
Considerando que tengo que ausentarme por razones médicas en la sesión de la Junta
de Gobierno Local y el Pleno municipal de fecha 13 de septiembre de 2024.
Atendido que los tenientes de alcalde son órganos de carácter necesario, nombrados y
cesados libremente por el alcalde de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local,
cuya misión consiste en sustituir al alcalde en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, con independencia de las funciones que, por delegación del alcalde, tenga encomendadas.
De conformidad con lo establecido en los artículos 20, 21 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local; los artículos 44 y 48
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y el artículo 15 del Reglamento Orgánico Municipal.
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el artículo 21.1
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; y visto que el
Sr. alcalde-presidente delegó mediante decreto número 2023-0591, de fecha 17 de junio, en
la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.
Considerando que el Sr. alcalde-presidente puede avocar esa atribución, se resuelve la
avocación de la competencia mediante el presente decreto en virtud de lo dispuesto en el
artículo 116 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre ROF, en relación con el artículo 14 de
la LRJ PAC, resolución.
Primero.—Delegar las funciones de Alcaldía-Presidencia en la Junta de Gobierno Local y en el Pleno que se celebrarán el 13 de septiembre de 2024 a las 18:00 y 19:00 horas,
respectivamente, al primer teniente de alcalde: D. José Luis Luque Lorente.
Segundo.—Publicar el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a efectos legales oportunos.
Tercero.—Notifíquese la presente resolución al teniente de alcalde del Ayuntamiento
de Villalbilla”.
En Villalbilla, a 13 de septiembre de 2024.—El secretario general del Ayuntamiento
de Villalbilla, Alfredo Carrero Santamaría.
(03/14.821/24)
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ISSN 1989-4791