Villalbilla (BOCM-20240925-65)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 229

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Pág. 323

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65

VILLALBILLA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Se pone en su conocimiento que por la Alcaldía-Presidencia con fecha 13 de septiembre de 2024, se dictó el decreto número 2024, que transcribo a continuación:
“Decreto de Alcaldía

BOCM-20240925-65

Considerando que tengo que ausentarme por razones médicas en la sesión de la Junta
de Gobierno Local y el Pleno municipal de fecha 13 de septiembre de 2024.
Atendido que los tenientes de alcalde son órganos de carácter necesario, nombrados y
cesados libremente por el alcalde de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local,
cuya misión consiste en sustituir al alcalde en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, con independencia de las funciones que, por delegación del alcalde, tenga encomendadas.
De conformidad con lo establecido en los artículos 20, 21 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local; los artículos 44 y 48
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y el artículo 15 del Reglamento Orgánico Municipal.
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el artículo 21.1
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; y visto que el
Sr. alcalde-presidente delegó mediante decreto número 2023-0591, de fecha 17 de junio, en
la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.
Considerando que el Sr. alcalde-presidente puede avocar esa atribución, se resuelve la
avocación de la competencia mediante el presente decreto en virtud de lo dispuesto en el
artículo 116 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre ROF, en relación con el artículo 14 de
la LRJ PAC, resolución.
Primero.—Delegar las funciones de Alcaldía-Presidencia en la Junta de Gobierno Local y en el Pleno que se celebrarán el 13 de septiembre de 2024 a las 18:00 y 19:00 horas,
respectivamente, al primer teniente de alcalde: D. José Luis Luque Lorente.
Segundo.—Publicar el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a efectos legales oportunos.
Tercero.—Notifíquese la presente resolución al teniente de alcalde del Ayuntamiento
de Villalbilla”.
En Villalbilla, a 13 de septiembre de 2024.—El secretario general del Ayuntamiento
de Villalbilla, Alfredo Carrero Santamaría.
(03/14.821/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791