C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240925-10)
Bases subvenciones –  Orden 114/2024, de 9 de septiembre, de la Consejería de Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, C15.I4, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; “financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 229

B.- DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS EN RELACIÓN
CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)

Don/Doña …………………………………………………………………………, DNI ……………………..,
como Consejero Delegado/Gerente/ de la entidad ……………………….……………………………..,
con NIF ……………., y domicilio fiscal en ……………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………
beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR/ que participa como
contratista/subcontratista en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los
objetivos definidos en el Componente 15 I4 «Renovación y sostenibilidad de infraestructuras»,
declara conocer la normativa que es de aplicación, en particular las siguientes apartados del
artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en
relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco
del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y
en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:
i.

El nombre del perceptor final de los fondos;

ii. el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea
un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de
contratación pública;
iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los
fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE)
2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);
iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco
del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública
de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del
Mecanismo y de otros fondos de la Unión».
2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente
artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de
la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos
de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los
acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el marco del
procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del
TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información
financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento
Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y rendimiento».
Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos
con los fines expresamente relacionados en los artículos citados.

Fdo. …………………………………………….
Cargo: …………………………………………

BOCM-20240925-10

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