Braojos (BOCM-20240924-41)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 228

MARTES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Pág. 199

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41

BRAOJOS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Acuerdo del Pleno de fecha 24 de julio de 2024, del Ayuntamiento de Braojos de la
Sierra, por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos número 05/2024
del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, con cargo al remanente líquido de Tesorería.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se
publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
TABLA 1
PRESUPUESTO DE GASTOS 2024
PREVISIONES INICIALES

MODIFICACIONES

PREVISIONES DEFINITIVAS

CAPÍTULO 1

CAPÍTULOS

195.850,00

235.672,32

431.522,32

CAPÍTULO 2

212.880,00

6.940,00

219.820,00

CAPÍTULO 3

2.000,00

0,00

2.000,00

CAPÍTULO 4

22.579,00

0,00

22.579,00

CAPÍTULO 5

0,00

0,00

0,00

CAPÍTULO 6

0,00

278.301,27

278.301,27

CAPÍTULO 7

0,00

0,00

0,00

CAPÍTULO 8

0,00

0,00

0,00

CAPÍTULO 9

0,00

0,00

0,00

433.309,00

520.913,59

954.222,59

TOTAL

TABLA 2
PRESUPUESTO DE INGRESOS 2024
PREVISIONES INICIALES

MODIFICACIONES

PREVISIONES DEFINITIVAS

108.433,00

0,00

CAPÍTULO 2

5.000,00

0,00

5.000,00

CAPÍTULO 3

15.350,00

0,00

15.350,00

CAPÍTULO 4

302.780,00

226.112,32

528.892,32

CAPÍTULO 5

27.996,00

0,00

27.996,00

CAPÍTULO 6

0,00

0,00

0,00

CAPÍTULO 7

36.850,00

274.801,27

311.651,27

CAPÍTULO 8

0,00

20.000,00

20.000,00

CAPÍTULO 9

0,00

0,00

0,00

496.409,00

520.913,59

1.017.322,59

TOTAL

108.433,00

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar
desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la
efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Braojos, a 10 de septiembre de 2024.—El alcalde-presidente, Ricardo José Moreno Picas.
(03/14.726/24)

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ISSN 1989-4791

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CAPÍTULOS
CAPÍTULO 1