Collado Mediano (BOCM-20240924-42)
Régimen económico. Anulación devolución ingresos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 228
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
42
COLLADO MEDIANO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240924-42
Conforme a lo previsto en la disposición adicional segunda de las bases de ejecución del
presupuesto del Ayuntamiento de Collado Mediano, en relación a cantidades correspondientes a devoluciones de ingresos que figuran en la cuenta del PGC 418 como pendientes de pago
anteriores al ejercicio 2008 que deben darse de baja de la Contabilidad Municipal, por prescripción o cuyo reconocimiento se deba a errores de contraído o defectos de contabilización
semejantes, visto el decreto de Alcaldía número 2024-1640, de 9 de septiembre, se expone en
el tablón de anuncios municipal la relación de devoluciones de ingresos que procederán a darse de baja, por plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de inserción del presente
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, período durante el cual los
acreedores podrán hacer valer sus derechos formulando, ante el Registro General Municipal,
las reclamaciones de deuda correspondientes, acompañando la documentación oportuna y
justificando en su caso la interrupción de los plazos de prescripción previstos en el artículo 25.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
En Collado Mediano, a 9 de septiembre de 2024.—La alcaldesa, María de la Sierra Serrano Flórez.
(02/14.543/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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B.O.C.M. Núm. 228
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
42
COLLADO MEDIANO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240924-42
Conforme a lo previsto en la disposición adicional segunda de las bases de ejecución del
presupuesto del Ayuntamiento de Collado Mediano, en relación a cantidades correspondientes a devoluciones de ingresos que figuran en la cuenta del PGC 418 como pendientes de pago
anteriores al ejercicio 2008 que deben darse de baja de la Contabilidad Municipal, por prescripción o cuyo reconocimiento se deba a errores de contraído o defectos de contabilización
semejantes, visto el decreto de Alcaldía número 2024-1640, de 9 de septiembre, se expone en
el tablón de anuncios municipal la relación de devoluciones de ingresos que procederán a darse de baja, por plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de inserción del presente
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, período durante el cual los
acreedores podrán hacer valer sus derechos formulando, ante el Registro General Municipal,
las reclamaciones de deuda correspondientes, acompañando la documentación oportuna y
justificando en su caso la interrupción de los plazos de prescripción previstos en el artículo 25.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
En Collado Mediano, a 9 de septiembre de 2024.—La alcaldesa, María de la Sierra Serrano Flórez.
(02/14.543/24)
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ISSN 1989-4791