Coslada (BOCM-20240924-44)
Organización y funcionamiento. Ordenanza patrocinios
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 203
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
COSLADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240924-44
La ordenanza reguladora de los patrocinios privados de actividades municipales del
Ayuntamiento de Coslada ha sido aprobada inicialmente en la sesión que celebra el Pleno
el día 10 de septiembre de 2024.
Lo que se hace público para información y audiencia de los interesados en el plazo de 30
días para la presentación de reclamaciones y sugerencias en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 49.b. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
con indicación de que el texto de la ordenanza se encuentra publicado en el portal de transparencia del portal web del ayuntamiento, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
En el caso de que no se formule ninguna reclamación o sugerencia, el acuerdo de aprobación inicial de la ordenanza se entenderá definitivamente adoptado.
Coslada, a 11 de septiembre de 2024.—El alcalde presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(03/14.791/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 228
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AYUNTAMIENTO DE
44
COSLADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240924-44
La ordenanza reguladora de los patrocinios privados de actividades municipales del
Ayuntamiento de Coslada ha sido aprobada inicialmente en la sesión que celebra el Pleno
el día 10 de septiembre de 2024.
Lo que se hace público para información y audiencia de los interesados en el plazo de 30
días para la presentación de reclamaciones y sugerencias en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 49.b. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
con indicación de que el texto de la ordenanza se encuentra publicado en el portal de transparencia del portal web del ayuntamiento, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
En el caso de que no se formule ninguna reclamación o sugerencia, el acuerdo de aprobación inicial de la ordenanza se entenderá definitivamente adoptado.
Coslada, a 11 de septiembre de 2024.—El alcalde presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(03/14.791/24)
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ISSN 1989-4791