Valdemoro (BOCM-20240923-61)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 227
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 183
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
VALDEMORO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de 20 de agosto de 2024, de la Junta de Gobierno Local, por la
que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para financiar actividades a realizar por las asociaciones sanitarias ciudadanas de la localidad de Valdemoro para el año 2024 y convocar el procedimiento de concesión de las subvenciones que han
de regir dichas bases.
BDNS (Identif.): 785355
BOCM-20240923-61
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ):
Primero. Beneficiarios.—Las asociaciones sanitarias ciudadanas sin ánimo de lucro
del municipio de Valdemoro.
Segundo. Finalidad.—Potenciar la promoción de la salud, los autocuidados y la ayuda mutua, de conformidad con lo establecido en la ordenanza municipal reguladora de ayudas para financiar actividades a realizar por las asociaciones sanitarias ciudadanas de la localidad de Valdemoro. La cuantía concedida sólo será aplicable a los gastos generados para
la realización de las actividades que fundamentan la subvención y que se ejecuten durante
el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de diciembre de 2024.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de ayudas para financiar actividades a realizar por las asociaciones sanitarias ciudadanas de la localidad de Valdemoro publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 234, de
30 de septiembre de 2016.
Cuarto. Importe.—El importe global de todas las ayudas concedidas no podrá superar la cantidad de 17.340 euros y su abono se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 311.0-489.00 del vigente presupuesto municipal.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Quince días hábiles contados desde
el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Valdemoro, a 13 de septiembre de 2024.—El alcalde-presidente, David Conde Rodríguez.
(03/14.827/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 227
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LUNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
VALDEMORO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de 20 de agosto de 2024, de la Junta de Gobierno Local, por la
que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para financiar actividades a realizar por las asociaciones sanitarias ciudadanas de la localidad de Valdemoro para el año 2024 y convocar el procedimiento de concesión de las subvenciones que han
de regir dichas bases.
BDNS (Identif.): 785355
BOCM-20240923-61
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ):
Primero. Beneficiarios.—Las asociaciones sanitarias ciudadanas sin ánimo de lucro
del municipio de Valdemoro.
Segundo. Finalidad.—Potenciar la promoción de la salud, los autocuidados y la ayuda mutua, de conformidad con lo establecido en la ordenanza municipal reguladora de ayudas para financiar actividades a realizar por las asociaciones sanitarias ciudadanas de la localidad de Valdemoro. La cuantía concedida sólo será aplicable a los gastos generados para
la realización de las actividades que fundamentan la subvención y que se ejecuten durante
el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de diciembre de 2024.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de ayudas para financiar actividades a realizar por las asociaciones sanitarias ciudadanas de la localidad de Valdemoro publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 234, de
30 de septiembre de 2016.
Cuarto. Importe.—El importe global de todas las ayudas concedidas no podrá superar la cantidad de 17.340 euros y su abono se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 311.0-489.00 del vigente presupuesto municipal.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Quince días hábiles contados desde
el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Valdemoro, a 13 de septiembre de 2024.—El alcalde-presidente, David Conde Rodríguez.
(03/14.827/24)
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ISSN 1989-4791