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Expropiación –  Acuerdo 73/2024, de 24 de julio, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo al «Proyecto de expropiación forzosa de los bienes y derechos de titulares no adheridos a la Junta de Compensación del Sector SR-1 “Primera Corona” del Plan General de Ordenación Urbana de Brunete, Madrid»
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BOCM
Pág. 224

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 225

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
71

ACUERDO 73/2024, de 24 de julio, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo al «Proyecto de expropiación forzosa de los bienes y derechos de titulares
no adheridos a la Junta de Compensación del Sector SR-1 “Primera Corona”
del Plan General de Ordenación Urbana de Brunete, Madrid».

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 24 de julio de 2024, a propuesta de la Dirección General de Suelo de 8 de julio de 2024, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,
ha adoptado el siguiente:
ACUERDO
Primero
Aprobar definitivamente el «Proyecto de Expropiación forzosa de los bienes y derechos de titulares no adheridos a la Junta de Compensación del sector SR-1 “Primera Corona” del Plan General de Ordenación Urbana de Brunete, Madrid».
Los expedientes expropiatorios se seguirán por el procedimiento de tasación conjunta,
conforme a lo establecido en el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística.
Segundo
El importe a abonar en concepto de valoración de los bienes y derechos afectados por
el presente Proyecto de expropiación con cargo al Presupuesto de la Junta de Compensación del sector SR-1 “Primera Corona”, asciende a la cantidad de 12.646,05 euros.
Las titularidades de los bienes y derechos también podrán sufrir modificaciones como
consecuencia de la ulterior comprobación de la documentación justificativa aportada.
Actuará como organismo expropiante el Ayuntamiento de Brunete, siendo la Junta de
Compensación del sector SR-1 “Primera Corona” la beneficiaria de la expropiación.
Tercero
La aprobación del «Proyecto de Expropiación forzosa de los bienes y derechos de titulares
no adheridos a la Junta de Compensación del sector SR-1 “Primera Corona” del Plan General
de Ordenación Urbana de Brunete, Madrid», conlleva la confirmación de la utilidad pública de
las obras y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, cuya relación
se acompaña como anexo a esta Propuesta de resolución, de acuerdo con el artículo 203 del Reglamento de Gestión Urbanística, así como el inicio de los correspondientes expedientes expropiatorios, tal como exige el artículo 21.1 de la Ley de Expropiación Forzosa.

El acto de aprobación se notificará individualmente a los titulares de los bienes y derechos afectados a los efectos previstos en el artículo 202.7 del Reglamento de Gestión Urbanística, así como a los efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los interesados que
manifiesten disconformidad con la valoración, presentarán sus escritos y valoraciones en el
Ayuntamiento de Brunete, quien remitirá los expedientes individualizados al Jurado Territorial de Expropiación de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 24 de julio de 2024.—El Secretario General Técnico Secretario de la Comisión de Urbanismo, José Ignacio Tejerina Alfaro.

BOCM-20240920-71

Cuarto