D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240920-72)
Convenio – Adenda de 4 de septiembre de 2024, de modificación y tercera prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Dirección General de Servicios Sociales e Integración) y Cáritas Diocesana de Madrid para desarrollar el programa “Sal de la Calle” para personas en situación de grave exclusión social
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BOCM
Pág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 225
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
72
ADENDA de 4 de septiembre de 2024, de modificación y tercera prórroga del
convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Dirección General de Servicios
Sociales e Integración) y Cáritas Diocesana de Madrid para desarrollar el programa “Sal de la Calle” para personas en situación de grave exclusión social.
Madrid, a 4 de septiembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante
Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Luis-Gonzaga Hernández Vozmediano, en nombre y representación de
Cáritas Diocesana de Madrid, con domicilio a efectos de notificaciones en c/ Santa Hortensia, 1 B de Madrid, en calidad de Director de Cáritas Diocesana de Madrid, según el poder
notarial número 909 otorgado por el Excmo. y Rvdmo. Sr. D. Carlos Osoro Sierra, Arzobispo de Madrid, el día 4 de julio de 2017 ante el Notario de Madrid D. Antonio Domínguez Mena.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda, y al efecto,
EXPONEN
Primero
Que con fecha 29 de junio de 2022, suscribieron un convenio, la entonces Consejería
de Familia, Juventud y Política Social (actual Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales) y Cáritas Diocesana de Madrid, con el fin del desarrollo del programa de atención
integral y de reinserción social y laboral “Sal de la Calle”.
Segundo
Con fecha 16 de noviembre de 2022 se firmó la primera prórroga del convenio y con
fecha 12 de septiembre de 2023 se firmó la segunda prórroga.
Tercero
Cuarto
Conforme a la cláusula décima del convenio se procede a modificar el apartado 4 de
la cláusula tercera del Convenio original:
Donde dice: “Mantener una reserva de al menos 5 plazas de atención nocturna en el
Servicio de Convivencia Familiar y Social de CEDIA 24 horas…”.
Debe decir: “Mantener una reserva de 5 plazas de atención nocturna en el Servicio de
Convivencia Familiar y Social de CEDIA 24 horas…”.
BOCM-20240920-72
Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada considerando
necesario modificar y prorrogar el convenio según lo que se indica en los apartados siguientes.
Pág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 225
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
72
ADENDA de 4 de septiembre de 2024, de modificación y tercera prórroga del
convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Dirección General de Servicios
Sociales e Integración) y Cáritas Diocesana de Madrid para desarrollar el programa “Sal de la Calle” para personas en situación de grave exclusión social.
Madrid, a 4 de septiembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante
Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Luis-Gonzaga Hernández Vozmediano, en nombre y representación de
Cáritas Diocesana de Madrid, con domicilio a efectos de notificaciones en c/ Santa Hortensia, 1 B de Madrid, en calidad de Director de Cáritas Diocesana de Madrid, según el poder
notarial número 909 otorgado por el Excmo. y Rvdmo. Sr. D. Carlos Osoro Sierra, Arzobispo de Madrid, el día 4 de julio de 2017 ante el Notario de Madrid D. Antonio Domínguez Mena.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda, y al efecto,
EXPONEN
Primero
Que con fecha 29 de junio de 2022, suscribieron un convenio, la entonces Consejería
de Familia, Juventud y Política Social (actual Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales) y Cáritas Diocesana de Madrid, con el fin del desarrollo del programa de atención
integral y de reinserción social y laboral “Sal de la Calle”.
Segundo
Con fecha 16 de noviembre de 2022 se firmó la primera prórroga del convenio y con
fecha 12 de septiembre de 2023 se firmó la segunda prórroga.
Tercero
Cuarto
Conforme a la cláusula décima del convenio se procede a modificar el apartado 4 de
la cláusula tercera del Convenio original:
Donde dice: “Mantener una reserva de al menos 5 plazas de atención nocturna en el
Servicio de Convivencia Familiar y Social de CEDIA 24 horas…”.
Debe decir: “Mantener una reserva de 5 plazas de atención nocturna en el Servicio de
Convivencia Familiar y Social de CEDIA 24 horas…”.
BOCM-20240920-72
Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada considerando
necesario modificar y prorrogar el convenio según lo que se indica en los apartados siguientes.