Madrid (BOCM-20240919-30)
Urbanismo. Área de Giobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Estudio detalle
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 224
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
30
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
BOCM-20240919-30
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 24 de julio de 2024,
expediente 135-2024-00173, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente, en los términos que figuran en el
expediente, el Estudio de Detalle para la parcela situada en la avenida de los Poblados, número 151, distrito de Carabanchel, promovido por la Fundación Arenales, de conformidad
con lo establecido en el artículo 60, en relación con los artículos 59.4 y 57, de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Segundo.—Someter la documentación del Estudio de Detalle al trámite de información pública por el plazo de veinte días hábiles, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión,
para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas
y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001 y preceptos
concordantes.
Tercero.—Notificar individualmente el presente acuerdo a todas las personas propietarias afectadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b) 1.o de la Ley 9/2001,
de 17 de julio.
Cuarto. — Suspender en el ámbito del Estudio de Detalle, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento
de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la tramitación de
licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la
publicación del presente acuerdo que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones,
con excepción de la primera ocupación y funcionamiento.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbana del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, calle Ribera del
Sena, número 21, en las mañanas de los días hábiles, así como en los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de Madrid ( madrid.es ), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos) o dentro de Vivienda y Urbanismo
(Visualizador urbanístico), durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y
formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.
Madrid, a 6 de septiembre de 2024.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la
Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/14.435/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 24 de julio de 2024,
expediente 135-2024-00173, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente, en los términos que figuran en el
expediente, el Estudio de Detalle para la parcela situada en la avenida de los Poblados, número 151, distrito de Carabanchel, promovido por la Fundación Arenales, de conformidad
con lo establecido en el artículo 60, en relación con los artículos 59.4 y 57, de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Segundo.—Someter la documentación del Estudio de Detalle al trámite de información pública por el plazo de veinte días hábiles, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión,
para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas
y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001 y preceptos
concordantes.
Tercero.—Notificar individualmente el presente acuerdo a todas las personas propietarias afectadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b) 1.o de la Ley 9/2001,
de 17 de julio.
Cuarto. — Suspender en el ámbito del Estudio de Detalle, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento
de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la tramitación de
licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la
publicación del presente acuerdo que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones,
con excepción de la primera ocupación y funcionamiento.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbana del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, calle Ribera del
Sena, número 21, en las mañanas de los días hábiles, así como en los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de Madrid ( madrid.es ), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos) o dentro de Vivienda y Urbanismo
(Visualizador urbanístico), durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y
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Madrid, a 6 de septiembre de 2024.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la
Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/14.435/24)
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