Villanueva del Pardillo (BOCM-20240918-67)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 223
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
VILLANUEVA DEL PARDILLO
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento del artículo 169.3, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario, de
fecha 31 de julio de 2024, sobre el expediente de modificación de créditos número 12/2024
CE del Presupuesto en vigor, en la modalidad de créditos extraordinarios, se hace público
con el siguiente resumen por capítulos:
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS
ALTAS EN GASTOS
Capítulo 6
Capítulo 8
TOTAL
ALTA EN INGRESOS
75.000,00 €
75.000,00 €
75.000,00 €
75.000,00 €
TOTAL MODIFICACIÓN: 75.000,00 €
BOCM-20240918-67
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente
recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25
a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola
la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Villanueva del Pardillo, a 5 de septiembre de 2024.—El alcalde-presidente, Eduardo
Fernández Navarro.
(03/14.470/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 180
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B.O.C.M. Núm. 223
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AYUNTAMIENTO DE
67
VILLANUEVA DEL PARDILLO
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento del artículo 169.3, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario, de
fecha 31 de julio de 2024, sobre el expediente de modificación de créditos número 12/2024
CE del Presupuesto en vigor, en la modalidad de créditos extraordinarios, se hace público
con el siguiente resumen por capítulos:
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS
ALTAS EN GASTOS
Capítulo 6
Capítulo 8
TOTAL
ALTA EN INGRESOS
75.000,00 €
75.000,00 €
75.000,00 €
75.000,00 €
TOTAL MODIFICACIÓN: 75.000,00 €
BOCM-20240918-67
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente
recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25
a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola
la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Villanueva del Pardillo, a 5 de septiembre de 2024.—El alcalde-presidente, Eduardo
Fernández Navarro.
(03/14.470/24)
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ISSN 1989-4791