Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla (BOCM-20240918-70)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 223
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 183
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
70
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES
MEJORADA-VELILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto 2024-0238, de 10 de septiembre de 2024, de la Presidencia de
la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, por el que se aprueba la convocatoria 2024 de ayudas dirigidas al apoyo educativo (libros de texto, material escolar
y gastos de cooperativa) y comedor escolar durante el curso 2024-2025, en la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/784890 ).
Primero. Requisitos de los beneficiarios.
a) Estar empadronado y residir en los municipios que componen la Mancomunidad
de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
b) El/la alumno/a deberá estar matriculado en un centro público de la Comunidad de
Madrid en una de las etapas educativas recogidas en la presente convocatoria.
c) La renta per cápita familiar no podrá superar los 6.000 euros anuales. A estos efectos ha de entenderse que en el ejercicio 2024, se opera con la declaración del IRPF
del ejercicio 2023.
d) En caso de repetir curso, acreditar las circunstancias que impliquen el cambio de
libros de texto.
e) Acreditar cualquiera de las circunstancias por las que se otorga puntuación.
Segundo. Objeto.—Las subvenciones comprendidas en esta convocatoria tienen por
objeto:
1. La concesión de ayudas dirigidas al apoyo educativo con el fin de facilitar la integración escolar de los niños y niñas en situaciones más vulnerables en los centros públicos
en los siguientes ciclos/etapas:
— Primer y segundo ciclo de Educación Infantil.
— Educación Primaria.
— Educación Secundaria.
— Educación Especial.
2. La concesión de ayudas dirigidas a procurar una alimentación saludable con el fin
de facilitar la integración escolar de los niños y niñas en situaciones más vulnerables en los
centros públicos en los siguientes ciclos/etapas:
— Primer y segundo ciclo de Educación Infantil.
— Educación Primaria.
Tercero. Bases reguladoras.—Publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 239, de 2 de octubre de 2020.
Cuarto. Cuantía.—El crédito presupuestario destinado a estas ayudas para los
ejercicios 2024-2025, asciende a un máximo de 128.719,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 23100.48003 (Ayudas comedor y libros) del presupuesto de gastos
de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Desde el día siguiente a la publicación
de la presente convocatoria en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID hasta el 4 de octubre de 2024.
Mejorada del Campo, a 11 de septiembre de 2024.—La presidenta de la Mancomunidad
de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, Juana Iris Álvarez Ruiz.
(03/14.618/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240918-70
BDNS (Identif.): 784890
B.O.C.M. Núm. 223
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 183
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
70
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES
MEJORADA-VELILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto 2024-0238, de 10 de septiembre de 2024, de la Presidencia de
la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, por el que se aprueba la convocatoria 2024 de ayudas dirigidas al apoyo educativo (libros de texto, material escolar
y gastos de cooperativa) y comedor escolar durante el curso 2024-2025, en la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/784890 ).
Primero. Requisitos de los beneficiarios.
a) Estar empadronado y residir en los municipios que componen la Mancomunidad
de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
b) El/la alumno/a deberá estar matriculado en un centro público de la Comunidad de
Madrid en una de las etapas educativas recogidas en la presente convocatoria.
c) La renta per cápita familiar no podrá superar los 6.000 euros anuales. A estos efectos ha de entenderse que en el ejercicio 2024, se opera con la declaración del IRPF
del ejercicio 2023.
d) En caso de repetir curso, acreditar las circunstancias que impliquen el cambio de
libros de texto.
e) Acreditar cualquiera de las circunstancias por las que se otorga puntuación.
Segundo. Objeto.—Las subvenciones comprendidas en esta convocatoria tienen por
objeto:
1. La concesión de ayudas dirigidas al apoyo educativo con el fin de facilitar la integración escolar de los niños y niñas en situaciones más vulnerables en los centros públicos
en los siguientes ciclos/etapas:
— Primer y segundo ciclo de Educación Infantil.
— Educación Primaria.
— Educación Secundaria.
— Educación Especial.
2. La concesión de ayudas dirigidas a procurar una alimentación saludable con el fin
de facilitar la integración escolar de los niños y niñas en situaciones más vulnerables en los
centros públicos en los siguientes ciclos/etapas:
— Primer y segundo ciclo de Educación Infantil.
— Educación Primaria.
Tercero. Bases reguladoras.—Publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 239, de 2 de octubre de 2020.
Cuarto. Cuantía.—El crédito presupuestario destinado a estas ayudas para los
ejercicios 2024-2025, asciende a un máximo de 128.719,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 23100.48003 (Ayudas comedor y libros) del presupuesto de gastos
de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Desde el día siguiente a la publicación
de la presente convocatoria en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID hasta el 4 de octubre de 2024.
Mejorada del Campo, a 11 de septiembre de 2024.—La presidenta de la Mancomunidad
de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, Juana Iris Álvarez Ruiz.
(03/14.618/24)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791
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BDNS (Identif.): 784890