C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240918-23)
Convocatoria subvenciones – Orden 1572/2024, de 3 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar establecido en la Orden 408/2024, de 28 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 223
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 75
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
23
ORDEN 1572/2024, de 3 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar establecido en la Orden 408/2024, de 28 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las ayudas a municipios de la Comunidad
de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2024.
La Orden 408/2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2024, prevé en su dispongo séptimo que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de
seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La citada Orden 408/2024 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el día 19 de marzo de 2024, por lo que el plazo máximo de veinte días hábiles para
presentar solicitudes finalizó el 18 de abril de 2024.
En la tramitación de esta subvención concurren circunstancias extraordinarias derivadas de la gran complejidad y del número de solicitudes recibidas, que presentan las entidades locales en su solicitud de subvención, teniendo que comprobar que reúnen todos los requisitos establecidos en la convocatoria y la evaluación de los proyectos, resultando
imposible garantizar el cumplimiento del plazo máximo de resolución fijado en la misma.
Por su parte, el artículo 23.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dispone que el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser este superior al
establecido para la tramitación del procedimiento; así como que contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá
recurso alguno.
Vistos los preceptos legales citados y demás normativa de pertinente aplicación,
DISPONGO
Artículo 2
Entrada en vigor
Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 3 de septiembre de 2024.
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO
(03/14.362/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240918-23
Artículo 1
Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos
de concesión o denegación de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid
para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza,
la música y la cinematografía para el año 2024
Se amplía, en un mes, el plazo máximo para resolver establecido en el dispongo séptimo de la Orden 408/2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se
convocan las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2024,
de manera que la fecha de finalización del plazo máximo para resolver será el 18 de noviembre de 2024.
B.O.C.M. Núm. 223
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 75
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
23
ORDEN 1572/2024, de 3 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar establecido en la Orden 408/2024, de 28 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las ayudas a municipios de la Comunidad
de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2024.
La Orden 408/2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2024, prevé en su dispongo séptimo que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de
seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La citada Orden 408/2024 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el día 19 de marzo de 2024, por lo que el plazo máximo de veinte días hábiles para
presentar solicitudes finalizó el 18 de abril de 2024.
En la tramitación de esta subvención concurren circunstancias extraordinarias derivadas de la gran complejidad y del número de solicitudes recibidas, que presentan las entidades locales en su solicitud de subvención, teniendo que comprobar que reúnen todos los requisitos establecidos en la convocatoria y la evaluación de los proyectos, resultando
imposible garantizar el cumplimiento del plazo máximo de resolución fijado en la misma.
Por su parte, el artículo 23.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dispone que el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser este superior al
establecido para la tramitación del procedimiento; así como que contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá
recurso alguno.
Vistos los preceptos legales citados y demás normativa de pertinente aplicación,
DISPONGO
Artículo 2
Entrada en vigor
Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 3 de septiembre de 2024.
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO
(03/14.362/24)
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ISSN 1989-4791
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Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos
de concesión o denegación de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid
para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza,
la música y la cinematografía para el año 2024
Se amplía, en un mes, el plazo máximo para resolver establecido en el dispongo séptimo de la Orden 408/2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se
convocan las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2024,
de manera que la fecha de finalización del plazo máximo para resolver será el 18 de noviembre de 2024.