B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240918-16)
Concurso de méritos – Orden 2586/2024, de 6 de septiembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden 1409/2024, de 23 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo de 2024), corrección de errores (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de mayo de 2024), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la Agencia Madrileña de Atención Social por el procedimiento de Concurso de Méritos
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 223
Tercero
Recursos
BOCM-20240918-16
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano
que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir
del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 6 de septiembre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, P. D. (Orden 3147/2023, de 5 de diciembre), el Gerente de la Agencia Madrileña
de Atención Social, José Manuel Miranda de las Heras.
Pág. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 223
Tercero
Recursos
BOCM-20240918-16
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano
que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir
del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 6 de septiembre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, P. D. (Orden 3147/2023, de 5 de diciembre), el Gerente de la Agencia Madrileña
de Atención Social, José Manuel Miranda de las Heras.