Perales de Tajuña (BOCM-20240917-77)
Organización y funcionamiento. Protocolo táser policía
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 222

3. Complemento de uso de fuerza.
El DEC no sustituye el uso de fuerza letal. El DEC es un complemento en el uso de la
fuerza policial con la finalidad de minimizar el riesgo de sufrir lesiones, tanto en el sujeto
como en los agentes intervinientes, en las situaciones que así permitan su utilización.
4. Prioridad sobre otros usos de fuerza no letal.
El DEC podrá ser utilizado en aquellos casos en los que exista un riesgo para la integridad física o la vida de los policías actuantes, terceras personas o la del propio sujeto a
controlar, priorizando su uso sobre otros medios de fuerza, en especial cuando:
— El sujeto a controlar y/o detener esté en posesión de armas u objetos contundentes,
tenga una fortaleza excepcional o se le conozcan habilidades combativas.
— Manifieste claramente una actitud violenta hacia los agentes actuantes o terceras
personas.
— Manifieste claramente su intención de ofrecer una resistencia activa grave a su
control y/o detención.
— Cuando se tenga constancia de ser portador de enfermedades infecto-contagiosas
y ofrezca una resistencia a su control y/o detención que pueda obligar a los agentes actuantes a forcejear con dicha persona.
— Utilización con animales en los supuestos en los que su actitud o agresividad pueda constituir una amenaza grave para las personas o para la seguridad del tráfico,
siempre que no fuera posible utilizar otros medios de captura y fuera apropiado el
uso del DEC según las circunstancias concurrentes.
En todos los casos se deben cumplir los requisitos legales de justificación del uso de
la fuerza, además de que la situación táctica permita su uso y así lo valore el Operador.
Todas las intervenciones tienen como fin evitar el uso de un medio más lesivo, minimizando así lesiones en el sujeto a controlar, en terceras personas o en los propios agentes
actuantes.
No se utilizará el dispositivo “DEC”, en los siguientes supuestos:
— Colectivos sensibles: mujeres embarazadas si fuera perceptible, niños, ancianos,
personas con heridas graves, personas de delgadez extrema.
— Gasolineras, pozos con acumulación de gases, zonas con posibles escapes o acumulaciones de gas.
— Sobre sujetos rociados con sustancias inflamables (“suicidas bonzo”).
— En combinación con espray de defensa, ya que algunos son inflamables. Salvo los
dotados específicamente a la Policía Local de Perales de Tajuña, que deberán ser
compatibles con defensas eléctricas y no inflamables.
— Personas ubicadas en lugares donde su caída pueda suponer un riesgo grave para
su integridad, por caída o precipitación (bancos, balcones, terrazas, azoteas, puentes, etc.)
— En caso de utilización en zonas de aguas profundas tales como piscinas, ríos, estanques, etc., aunque no causa electrocución imposibilita al individuo nadar.
— Sujetos que estén corriendo o desplazándose con velocidad.
— Conductores de vehículos o maquinaria.
— Sujetos que empuñen un arma de fuego.
5. Uso del DEC en agua.
El uso del DEC en medios acuosos no supone ningún problema de electrocución para
los operadores y los agentes que se encuentran en contacto con el agua.
Tomar la precaución si el sujeto sumerge la cabeza en agua, aunque sea de poca profundidad por riesgo de ahogamiento. Después del disparo hay que sujetar, con la mayor rapidez posible al sujeto manteniendo boca y nariz fuera del agua.
6. Uso del DEC en unión de aerosoles defensivos.
El DEC solo podrá ser usado en combinación con el aerosol defensivo que se suministra de dotación, que será no inflamable, quedando prohibido su uso combinado con otros
aerosoles defensivos, por el riesgo de inflamabilidad de éstos si se aplican en conjunción
con el Taser.
7. Procedimiento de uso del “DEC”.
Cuando en el desarrollo de una intervención fuera previsible la utilización del DEC, se
comisionará de forma inmediata la dotación policial equipada por el DEC, que se personará en el lugar requerido lo antes posible, como patrullas principales de intervención o bien
como patrullas de apoyo.

BOCM-20240917-77

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