D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240917-29)
Convenio – Convenio de colaboración de 30 de agosto de 2024, en materia de Educación Infantil suscrito entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y el Ayuntamiento de Alcobendas
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 222
MARTES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 153
ESCUELA INFANTIL LA
CHOPERA:
ESCUELA INFANTIL
EL CUQUILLO
ESCUELA INFANTIL
VALDELAPARRA
564/32300/12001
564/32300/12003
564/32300/12004
564/32300/12005
564/32300/12006
564/32300/12009
564/32300/12100
564/32300/12101
564/32300/13000
564/32300/16000
564/32300/22000
564/32300/22001
564/32300/22005
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564/32300/22105
564/32300/22107
564/32300/22110
564/32300/22700
564/32300/22799
563/32300/12001
563/32300/12003
563/32300/12004
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563/32300/13000
563/32300/16000
563/32300/22000
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563/32300/22107
563/32300/22110
563/32300/22700
563/32300/22799
565/32300/12001
565/32300/12003
565/32300/12004
565/32300/12006
565/32300/12009
565/32300/12100
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565/32300/13000
565/32300/16000
565/32300/22000
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565/32300/22005
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565/32300/22105
565/32300/22107
565/32300/22110
565/32300/22700
565/32300/22799
2. Aportación de los recursos personales y materiales necesarios para el funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3. El Ayuntamiento, además:
3.1. Colaborará en la orientación y supervisión del funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.2. Gestionará los recursos personales y materiales necesarios para el funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.3. Colaborará en el control del cumplimiento de la normativa establecida
en la cláusula tercera del presente convenio.
3.4. Gestionará los presupuestos económicos del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.5. Propondrá a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la
Comunidad de Madrid las actuaciones en materia de planificación esco-
BOCM-20240917-29
poraciones Locales, del Programa 322A, Educación Infantil, Primaria y Especial, de los Presupuestos de la Comunidad de Madrid”.
2. Prestación del servicio del Equipo de Atención Temprana correspondiente a
los centros de Educación Infantil objeto de este convenio.
3. Prestación del servicio de la Dirección de Zona de las Casas de Niños objeto
de este convenio.
4. La Consejería de Educación Ciencia y Universidades, además:
4.1. Orientará y supervisará el funcionamiento pedagógico del centro de
Educación Infantil objeto de este convenio.
4.2. Aportará los modelos generales de convocatoria y pliegos de concursos y
participará, en calidad de asesor, en la selección de la entidad gestora o
del personal educativo que convoque el Ayuntamiento para el funcionamiento del centro de educación infantil de su titularidad incluido en el
presente convenio de acuerdo con las competencias de las entidades locales y la normativa vigente en materia laboral y de contratación pública.
b) El Ayuntamiento se compromete a realizar las aportaciones siguientes:
1. Aportación económica según lo establecido en el Decreto 28/2019, de 9 de abril,
del Consejo de Gobierno por el que se regula la financiación del primer ciclo de
Educación Infantil de la Comunidad de Madrid. Para el curso 2024-2025, el presupuesto de la aportación económica del Ayuntamiento a los centros se recoge
en el anexo a este convenio, con la distribución, en su caso, de su cuantía por las
anualidades de los ejercicios 2024 y 2025, que se efectuará con cargo a las partidas presupuestarias relacionadas a continuación de los Presupuestos municipales para dichos años:
— Para la Escuela Infantil Fuentelucha (gestión indirecta): Aplicación presupuestaria 561/32600/22706.
— Para las Escuelas Infantiles La Chopera, El Cuquillo, Valdelaparra (gestión directa):
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MARTES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2024
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ESCUELA INFANTIL LA
CHOPERA:
ESCUELA INFANTIL
EL CUQUILLO
ESCUELA INFANTIL
VALDELAPARRA
564/32300/12001
564/32300/12003
564/32300/12004
564/32300/12005
564/32300/12006
564/32300/12009
564/32300/12100
564/32300/12101
564/32300/13000
564/32300/16000
564/32300/22000
564/32300/22001
564/32300/22005
564/32300/22101
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564/32300/22110
564/32300/22700
564/32300/22799
563/32300/12001
563/32300/12003
563/32300/12004
563/32300/12006
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563/32300/16000
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563/32300/22110
563/32300/22700
563/32300/22799
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565/32300/12003
565/32300/12004
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2. Aportación de los recursos personales y materiales necesarios para el funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3. El Ayuntamiento, además:
3.1. Colaborará en la orientación y supervisión del funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.2. Gestionará los recursos personales y materiales necesarios para el funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.3. Colaborará en el control del cumplimiento de la normativa establecida
en la cláusula tercera del presente convenio.
3.4. Gestionará los presupuestos económicos del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.5. Propondrá a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la
Comunidad de Madrid las actuaciones en materia de planificación esco-
BOCM-20240917-29
poraciones Locales, del Programa 322A, Educación Infantil, Primaria y Especial, de los Presupuestos de la Comunidad de Madrid”.
2. Prestación del servicio del Equipo de Atención Temprana correspondiente a
los centros de Educación Infantil objeto de este convenio.
3. Prestación del servicio de la Dirección de Zona de las Casas de Niños objeto
de este convenio.
4. La Consejería de Educación Ciencia y Universidades, además:
4.1. Orientará y supervisará el funcionamiento pedagógico del centro de
Educación Infantil objeto de este convenio.
4.2. Aportará los modelos generales de convocatoria y pliegos de concursos y
participará, en calidad de asesor, en la selección de la entidad gestora o
del personal educativo que convoque el Ayuntamiento para el funcionamiento del centro de educación infantil de su titularidad incluido en el
presente convenio de acuerdo con las competencias de las entidades locales y la normativa vigente en materia laboral y de contratación pública.
b) El Ayuntamiento se compromete a realizar las aportaciones siguientes:
1. Aportación económica según lo establecido en el Decreto 28/2019, de 9 de abril,
del Consejo de Gobierno por el que se regula la financiación del primer ciclo de
Educación Infantil de la Comunidad de Madrid. Para el curso 2024-2025, el presupuesto de la aportación económica del Ayuntamiento a los centros se recoge
en el anexo a este convenio, con la distribución, en su caso, de su cuantía por las
anualidades de los ejercicios 2024 y 2025, que se efectuará con cargo a las partidas presupuestarias relacionadas a continuación de los Presupuestos municipales para dichos años:
— Para la Escuela Infantil Fuentelucha (gestión indirecta): Aplicación presupuestaria 561/32600/22706.
— Para las Escuelas Infantiles La Chopera, El Cuquillo, Valdelaparra (gestión directa):